Category: deducción

Nuevas deducciones autonómicas

En la declaración de la renta 2009 (la que presentamos en 2010) tenemos nueva reorganización en el modelo de la declaracion de la renta de las deducciones autonómicas, y no está de más mirarlas detenidamente, porque en ellas puede estar la diferencia entre pagar y que te devuelvan.

El aumento en el número de deducciones autonómicas aprobadas para el ejercicio 2009 obliga a Read more »

Modificaciones en la tributación de los arrendamientos

El proyecto de Ley de Economía Sostenible que va a remitir el Gobierno al Congreso para su tramitación parlamentaria trae novedades fiscales de las que es conveniente estar muy pendientes y entre estas se encuentra una de gran calado social porque afecta tanto a arrendadores (propietarios) como a arrendatarios (inquilinos) de viviendas.
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Que es la vivienda habitual

Es muy importante tener bien claro que es la vivienda habitual a los efectos deducción por viviendade la declaración de la renta, ya que ello tendrá notoria importancia para multitud de cosas (deducciónes autonómicas, deducción por adquisición de vivienda, deducción por arrendamiento…). Read more »

Aplicación de los 2500 euros de maternidad en la declaracion de la renta

Se consignará en la casilla 758 (renta 2008) el importe de la deducción por nacimiento o adopción a la que se tenga derecho en el ejercicio 2008, con independencia de que dicha deducción haya sido o no abonada anticipadamente por la Agencia Tributaria. Read more »

Nueva deducción por alquiler de vivienda.

deducción por viviendaEste año el Estado ha dado un respiro más a aquellos que viven de alquiler. Y es que se ha establecido una nueva deducción para la declaración de la renta a nivel estatal (recordemos que hay otras deducciones por vivienda autonómicas). Read more »

Planes de pensiones y sistemas alternativos

Si la proxima declaración de renta te va a suponer un importante desembolso tal vez te pueda interesar saber que reducen la base imponible general las aportaciones y contribuciones a los siguientes sistemas de previsión social:

  • Planes de pensiones
  • Mutualidades de previsión social
  • Planes de previsión asegurados
  • Planes de previsión social empresarial
  • Primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia

La base se puede reducir tanto con las aportaciones del contribuyente como con las contribuciones del promotor imputadas al mismo en concepto de rendimientos del trabajo. Read more »

Nuevos modelos 130 y 131 de pagos a cuenta de la declaración de la renta

400 euros

 

Hacienda ha confeccionado y puesto a disposición de todos los profesionales y empresarios unos nuevos modelos de para la confección y realización de los pagos a cuenta de la declaración de la renta tanto de empresarios en el sistema de módulos (modelo 131), como de empresarios en el sistema de estimación directa simplificada y normal (modelo 130).   El motivo de dicha modificación era que había que adaptarlos antes del día uno de julio para que se contemplara la deducción de los cuatrocientos euros a la hora de aplicar la nueva deducción por parte de los empresarios y profesionales.

El sustento legal para dicha modificación está en la Orden EHA/1796/2008, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden EHA/672/2007, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos 130 y 131 para la autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Lo curioso del asunto es que los modelos estaban colgados en la página web de Hacienda antes de que saliera la Orden que los regula ¿premonición?.

La descarga de los modelos se pueden hacer desde aquí:

MODELO 130

Download Modelo 130 Version julio/2008

MODELO 131

Download Modelo 131 Version julio/2008

Información sobre la devolución de los 400 euros. Descarga del programa

400 EUROS 

La medida de la mal llamada devolución de los 400 euros (ya explicaré por qué) ha sido puesta en vigor con la probación del Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE del 22). Se establece una nueva deducción de la cuota líquida del IRPF, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2008 (para la renta del año que viene: renta 2008), cuya cuantía es de “hasta 400 euros anuales” y que va a poder ser aplicada únicamente por las personas que tengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

Mucho se ha hablado de que el Gobierno iba a devolver 400 € de los impuestos que ya habíamos pagado, pero la realidad ha desmentido esta afirmación, ya que el sistema que se ha empleado consiste en “perdonar” 400 € de los impuestos que tenemos que anticipar al gobierno, ya sea mediante las retenciones que soportamos en el trabajo o ya sea mediante los ingresos a cuenta que tenemos que abonar los que tenemos rendimientos de actividades empresariales o profesionales.

Para anticipar esa deducción (que no devolución) el Consejo de Ministros ha aprobado el día 23 de mayo un Real Decreto que establece los mecanismos para que el importe de dicha deducción empecemos a notarlo ya.   Para ello se ha establecido que en las nóminas y pensiones correspondientes al mes de julio los pagadores dejen de retener 200 € para qué los perceptores de dichas rentas puedan tener ya anticipado ese dinero de la deducción. El resto del dinero se anticipa de aquí a final de año por el mismo mecanismo. Para las rentas de actividades empresariales y profesionales se ha establecido un mecanismo análogo al anterior, pudiéndose deducir 200 € en el segundo pago trimestral y 100 € en los trimestres tercero y cuarto de este año. En ambos casos las cantidades que no se puedan deducir en un periodo pasarán a poder deducirse que el período siguiente de tal forma que por ejemplo un trabajador que en la nómina de junio soporte una retención inicialmente de 140 € la empresa que le paga no se verá obligado a retener la cantidad alguna en el mes de junio, y podrá compensar esos 60 € de diferencia en la nómina de julio a la que se añadirá el porcentaje correspondiente a ese mes.

Conviene destacar lo siguiente:

  1. Al haberse establecido sus efectos a partir del día 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de la Declaracion de Renta 2007.
  2. Sólo resultará aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma que aprueba la deducción.
  3. Se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF.  El establecimiento de esta forma deducción (que es distinta de la deducción por maternidad por ejemplo) ha suscitado muchas críticas ya que se estima que más de un millón de contribuyentes que ahora se van a beneficiar de esta devolución se verán obligados a reintegrar al Estado estas cantidades cuando hagan su declaración de renta en mayo del 2009.

La agencia tributaria está enviando a las empresas y profesionales una carta en la que explican las modificaciones en relación a las retenciones y pagos fraccionados, y como ponerlas en práctica de forma inmediata. De igual forma se ha confeccionado un programa informático para ayudar a las empresas a calcular las retenciones correspondientes al segundo semestre de este año.

El programa informático para el cálculo de la deducción de los 400 € puede descargarse desde este enlace:

Download Programa de Retenciones (400 euros) Version 1.00