Borrador Renta 2009

Los contribuyentes que estén obligados a presentar la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2009 que cumplan las condiciones que se detallan, pueden solicitar a la que les remita un de su declaración.

Si una vez recibido dicho borrador, se considera que refleja su situación tributaria a efectos del IRPF

se podrá efectuar la confirmación o suscripción del mismo en cuyo caso el borrador confirmado tendrá la consideración de declaración del IRPF a todos los efectos. En caso contrario, se podrá instar la modificación del borrador de declaración recibido si se entiende que han de añadirse datos personales o económicos no incluidos en el mismo o se advierta que contiene datos que son erróneos o inexactos.

Cuando el contribuyente entienda que el borrador de declaración recibido no refleja su situación tributaria y no opte por instar su modificación, deberá realizar la correspondiente declaración de .

Es importante tener en cuenta que aunque se solicite el borrador, sin no recibimos el mismo esta circunstancia no nos libera de la de si venimos obligados a ello.

Quienes pueden solicitar el borrador:

Pueden solicitar el borrador de la declaración los contribuyentes que, con referencia al ejercicio 2009, cumplan los siguientes requisitos:

1º Que únicamente hayan obtenido rentas de las siguientes clases, cualquiera que sea su cuantía:

a) , incluidas, entre otras, las y haberes pasivos, así como, en su caso, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.

b) Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o ingreso a cuenta, como, por ejemplo, los intereses de cuentas y depósitos bancarios o los de acciones.

c) Rendimientos del capital mobiliario derivados de Letras del Tesoro.

d) Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, tales como las derivadas del reembolso de participaciones en Fondos de Inversión o los premios obtenidos por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.

e) Subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.

2º Que hayan sido titulares, como máximo, de dos inmuebles de uso propio, aunque hayan estado desocupados, distintos de la vivienda habitual y del suelo no edificado. 

Procedimiento de solicitud del borrador de declaración del IRPF.

Para que la Agencia Tributaria confeccione y remita el borrador de la declaración, es necesario que el contribuyente lo solicite previamente en el plazo comprendido entre los días 2 de marzo y 23 de junio de 2009 por cualquiera de las siguientes vías:

a) Personación del contribuyente en cualquiera de las Delegaciones o Administraciones de la Agencia Tributaria, aportando su Documento Nacional de Identidad (DNI) o el Número de Identificación de Extranjeros (NIE).
b) Mediante llamada al número 901 12 12 24 (Servicio Automático 24 horas) o bien al Centro de Atención Telefónica, número 901 200 345.
La Agencia Tributaria adoptará las medidas de control precisas que permitan garantizar la identidad
de la persona o personas que solicitan el borrador de declaración, así como, en su caso, la conservación de los datos comunicados.
c) A través de Internet, en la página de la Agencia Tributaria http://www.agenciatributaria.es o de este portal.

En los supuestos contemplados en las letras b) y c) anteriores, el contribuyente deberá aportar, además de su Número de Identificación Fiscal (NIF) y, en su caso, el de su cónyuge, el importe de la casilla 698 de la página 12 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio.

106 comentarios a “Borrador Renta 2009”

  1. MAR dice:

    dond esta la MODERADORA; OFICIAL DEL FORO? jijiji

  2. Fenelón dice:

    Deseo saber qué pasa con el borrador que he solicitado. Yó he entrado a la web. con el número de referencia y no sale nada al respecto. Y Yó les pregunto a vosotros, ¿me llegará el borrador a la dirección que actualicé?.
    Gracias.

  3. BKREMOX dice:

    HOLA A TODOS, ALGUIEN ME PODRÍA DECIR CUANDO RECIBIRE EL BORRADOR?? LO TENGO SOLICITADO CON ORIGEN EN LA RENTA DEL AÑO PASADO Y AÚN SIGUE TRAMITANDOSE MI SOLICITUD.
    CON ESTO DE RETRASAR UN MES LA SOLICITUD DEL BORRADOR NOS HAN TIMADO A TODOS.
    YO EL AÑO PASADO COBRE EL 21 DE ABRIL, ESTE AÑO NO TENGO NI EL BORRADOR.
    SOY DE LA DELEGACIÓN DE ALBACETE.
    ALGUIEN SABE ALGO? LUEGO NOS TENDRAN OTRO MES PARA COBRAR ??

  4. rocio dice:

    No me deja pedir cita previa para hacer la correccion del borrador, me da todo el rato error cuando selecciono el lugar donde pedir cita. ¿eso es normal?

  5. Tony dice:

    No hay maneras de recibir el borrador.
    ¿Sabeis si hay alguna manera de consultarlo sin tener el certificado??

  6. tania dice:

    hola a todos, he solicitado el borrador y me enviaran un sms a mi movil, el problem es que lo he cambiado alguien sabe como puedo modificarlo, gracias

  7. Neus dice:

    Hola, alguien sabría decirme como cambiar el nombre en la declaración de la renta, ya que me viene con un nombre que no es el mio, sabeis si con el dni electronico se puede cambiar?? gracias

  8. POL dice:

    «Ojo «al poner la cantidad de la casilla 698 para consultar borrador.Los decimales hay que ponerlos mas a la derecha en un cuadrito.Parece una tonteria ,pero a mi me ocurria que ponia toda la cantidad seguida y me daba error,logicamente

  9. Yolgoga dice:

    Hola a todos,
    Necesito obtener una copia de la declaración de 2008 (la presenté por internet modificando el borrador) y no tengo certificado electronico.
    ¿Hay alguna forma de hacerlo?
    Gracias

  10. carlos angona dice:

    me incluyeron en un ere y me pagaron 24 meses, segun ley estas exento de declarar hasta 42 meses, la empresa me cotizo 12 en la casilla 1 tengo que descontarlos de esta casilla?

  11. alex dice:

    si estoy casada tengo que presentar la declaracion junto con mi marido???

    • belencita dice:

      no, la podeis presentar conjunta o por separado,según ellos si pides el borrador te miran la opción que más te conviene, cosa que dudo,pero bueno. A mi hasta ahora todos los años me la han mandado por separado.

  12. Antonio dice:

    He recibido un mensaje de la aet diciendo que mi borrador está disponible y viene acompañado de un código, sin embargo no se donde está el enlace para meter el código

  13. […] Agencia Tributaria presta todos los años un servicio de confección del borrador de la renta 2009 para la declaración de la renta que viene demostrándose muy útil y que agiliza la […]

  14. veronica dice:

    alguien me puede decir que pasos ha de seguir para poder verificar mi borrador que me estan dando vueltas y no lo consigo por favor alguien me puede ayudar

  15. francisco garcia taboada dice:

    quiro solicitar o borrador

  16. quiero ver si tengo que pagar algo mas en la agencia tributaria

  17. mariase dice:

    porfavor alguien me puede decir que engo que poner en la casilla 698 pra acceder al borrador que siempre me pone casilla erronea o introduzca casilla y ya me estoy desesperando. muchas gracias

  18. Valencianeta dice:

    Algun cambio de los del 1 de abril? a mi nada…

  19. jose miguel dice:

    Todavía no me han ingresado la devolución del irpf del ejercicio 2007. son 1000 euros. En la página web me dice SUS DATOS HAN SIDO GRABADOS Y ESTAN PENDIENTES DE COMPROBACION. En la web de hacienda el sistema no me deja poner una queja. ¿alguien me sugiere algo?. No quiero ir a la delegación.

  20. JULIA dice:

    hola haber kien me puede ayudar a solicitar el borrador por la web….
    gracias

  21. Luislow dice:

    Hola me gustaria saber cual es la multa por defraudar 100 euros al fisco, vamos k tengo k pagar segun el borrador 216,96€ y haciendo un cambio en el borrador y imprimiendo el nuevo lo he dejado en 116,96€ si lo llevo para confirmar y pagar al banco ya me olvidoconsecuencias una vez hecho el pago del irpf, espero respuestas tengo los dos borradores

    • Pedro dice:

      A mí los que defraudan a Hacienda, sea mucho o poco, me parecen unos ladrones. Así que ojalá la multa sea todo lo alta que pueda ser.

      • CARLOS dice:

        Pedrito, eres un pelota repelente y un tonto de narices. Supongo que en tu caso no te aplicarás ni las deducciones. Vaya elemento.

      • Pedro Moñino dice:

        No tienes mas cosas que hacer que escribir estos comentarios tontilocuentes… o es que eres hijo de inspector… o es que ni tu ni nadie de tu arbol genealogico ha defraudado nunca nada de nada…

  22. Isabel dice:

    Mi padre puso su piso a nombre de mi hermana y mío,pero en usofructo, o como se diga, por lo que ni ella ni yo podemos disponer de él hasta que mis padres fallezcan. Mi problema es que al confirmar el borrador le consulté a la chica que me atendío, y me dijo que lo tenía que declarar, añadiéndole una renta imputada, porque yo poseo otro piso con mi marido, que es mi vivienda habitual. A mi hermana por el contrario le dijeron que no tenía que declarar. Y ahora vuelvo a llamar a Hacienda y me dicen que no lo debía haber declarado. Alguien por favor me puede decir quien tiene razón y quien tiene que declararlo. Mi padre o mi hermana y yo.

    • ani dice:

      Tu no tienes que declararlo porque no esta a tu disposición, por lo que no te imputará ninguna renta; cuando ya puedas disponer de él porque ya no viva alli tu padre, pues entonces lo declaras, con los ingresos que te pueda dar, por alquiler o venta, y si no tiene ningun ingreso te imputas la renta que es un porcentaje del valor catastral saludos.

  23. Cecilia dice:

    Hola, necesito saber si estoy obligada a solicitar el borrador una vez que mis ingresos de 2008 fueran inferiores a 22.000 € anuales.

    Gracias

    • Archidona dice:

      Siempre conviene pedir el Borrador no ¿y si por suerte te da a devolver?:-)

    • Pedro dice:

      A solicitar el borrados no está obligado nadie. Se trata un servicio para facilitar la presentación de la declaración de la renta. A lo que puedes estar obligada es a declarar (con borrador o haciendo tú misma la declaración con los datos correspondientes). Los ingresos no son la cifra determinante; hay que tener en cuenta otros elementos: fuente de esos ingresos (por trabajo por cuenta ajena o actividad empresarial), intereses de cuentas, inmuebles, etc.
      En cualquier caso, por pedir el borrador no pasa nada. Si luego no estás obligada a declarar y no te sale a devolver pues no lo presentas y en paz.

  24. juanky dice:

    He confirmado el borrador.

    olvidando que tuve perdidas patrimoniales en una venta de acciones, que tenia que haber incluido para compensar con ganacias en 4 años si se producen.Este hecho no afecta al resultado del borfrador pero si interesa incluirlo para futuro.
    como lo hago?

    • Isabel dice:

      a mi me han dicho por telefono que tienes que ir a la delegación de hacienda a la que pertenezcas, y decir que tienes que hace una reclamación de una declaración presentada. Tienes que rellenar un papel y adjuntar la información necesaria que demuestre el fallo.

  25. teresa dice:

    hola, alguien me puede decir como tengo q acer para q me manden mi numero de referencia a mi movil,para acceder a mi borrador muchas gracias y suerte con la declaracion

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