Como corregir un error en la declaración de la renta

 

Cuando ya hemos presentado la declaración de la renta, al repasarla podemos encontrar algun error. La pregunta que a todos nos viene a la cabeza en ese caso es ¿cómo arreglo esto?. Esa es la pregunta a la que vamos a intentar responder en este post. 


Ante un error en la declaración de la renta nos podemos encontrar con dos situaciones totalmente diferentes. Podemos habernos equivocado en favor de hacienda o podemos habernos equivocado en favor nuestra. 

  • Si la equivocación ha provocado que hacienda haya «perdido» ingresos tendremos que realizar una declaración complementaria en la que incluyendo los datos correctamente consignados resulte una mayor cantidad en favor de hacienda (mayor importe a ingresar o una cantidad a devolver inferior a la anteriormente autoliquidada en el supuesto de que la devolución solicitada no haya sido todavía efectuada por la Agencia Tributaria). En este caso con esa nueva declaración que será complementaria de la que hayamos presentado anteriormente nos dirigiremos al banco o caja de ahorro para pagar la diferencia que debimos de haber pagado en su día, o ingresar el exceso que en su día hacienda no se volvió por un error nuestro. 
  • Si el error provocó un perjuicio nuestra contra lo que deberemos realizar será una solicitud de rectificación de la autoliquidación. Es el caso típico de la persona que en esta declaración de renta por ejemplo, habiendo adquirido un piso antes del 20 de enero de 2006 no haya consignado la casilla 737. En este caso la solución sería hacer un escrito a la agencia tributaria pidiéndole que rectifique la declaración que en su día presentamos y una vez que la calcule nos devuelva la diferencia a la que tenemos derecho. Es importante tener en cuenta que la solicitud de rectificación habrá de ser presentada antes del plazo de cuatro años desde que finalice el periodo voluntario de la presentación de la declaración de la renta (ojo, porque se reanuda el plazo para que hacienda nos inspeccione desde ese momento por otros cuatro años). El escrito habrá de ser dirigido a la administración tributaria que corresponda por nuestro domicilio fiscal, que será la competente para resolver el procedimiento. En el caso de que la agencia tributaria nos dé la razón y rectifiqué la declaración (o borrador) hacienda nos devolverá tanto la cantidad que resulta de la nueva liquidación como sus correspondientes intereses. En cuanto a la forma para solicitar esa rectificación lo normal será presentar un escrito parecido al siguiente, que se pone como mero ejemplo. Yo aconsejo acompañar la documentación que justifica lo que se pide y si se puede un borrador de la renta rectificada con los nuevos calculos.   En las declaraciones complementarias la solicitud de rectificación deberá ser firmada por los dos conyuges.

 

AL SR. ADMINISTRADOR DE LA A.E.A.T. EN TERUEL

  

                        Don Miguel Núñez Rodríguez y doña Amalia Luisa Gómez Pérez, con Documento Nacional de Identidad 81.027.327-W y 29.863.157-F y domicilio en calle Los Cantaros, 8 de Teruel.   EXPONEN, 

                        Que con fecha 22 de mayo de 2008 han presentado telemáticamente autoliquidación correspondiente al impuesto sobre la renta de la personas físicas del ejercicio 2007 (Nº Exp.: 200710029720412E – Nº Just.: 1009072627944 – Cod. Electronico: F35CFE0578E0A33E) con resultado a devolver por importe de 1.357,69 euros. Se acompañan como documentos números 1 y 2 la hoja de liquidación del modelo 100 y la página tres del autoliquidación del impuesto. 

                        Que han podido comprobar que dicha autoliquidación está erróneamente calculada dado que el importe consignado como rendimiento de capital inmobiliario en la misma fue de 4320 € cuando debió de ser de 1440 €. Se acompaña presente escrito copia del contrato de arrendamiento del referido local (documento número 4), así como nuevo certificado de retenciones expedido por parte del arrendatario don Miguel Jesús Ramírez Torudo (documentos números 5 y 6), que al parecer expidieron el anterior con un dato erróneo no habiendo sido comprobado por los firmantes a la hora de realizar la declaración de la renta. 

                        Como consecuencia del referido error y una vez consignado correctamente la cantidad correspondiente a rendimiento de capital inmobiliario la referida autoliquidación (modelo 100) resulta con una cuota diferencial de -1616,88 €. Considerando que la administración ya devuelto los 1357,69 € a los que ascendía la anterior liquidación, resulta de la rectificación que ahora se instala una cantidad a devolver por la diferencia de ambas liquidaciones, esto es doscientos cincuenta y nueve euros con diecinueve céntimos (259,19 €). Se acompaña el cálculo del impuesto mediante borrador de la autoliquidación como documento 3. 

            Por lo que procede y solicito al Sr. Administrador que tenga por presentado este escrito acordando al amparo del artículo 120.3 de la Ley General Tributaria la rectificación de la declaración erróneamente presentada y la devolución de la cantidad de doscientos cincuenta y nueve euros con diecinueve céntimos (259,19 €) con cuanto más proceda en la misma cuenta en la que se verificó la anterior devolución número 0029-0902-27-2192043931. En Teruel, a 22 de mayo de 2008. 

 

 

Fdo. Don Miguel Núñez Rodríguez        Fdo. doña Amalia Luisa Gómez Pérez

67 comentarios a “Como corregir un error en la declaración de la renta”

  1. Roberto dice:

    En mi Declaracion Renta 2010 solicite el borrador, se confirmó y me han devuelto la cantidad acordada, ahora bien después de un año en que hice un cambio de hipoteca(NOVACION) la cual me llevó unos gastos de 636€ los cuales no he introducido como gastos deducibles ¿como lo podia arreglar una vez devuelta la declaración?

  2. Daniel dice:

    Hola, he cometido un grave error creo, he modificado el borrador y confirmado la declaración y al salir el documento final, me ha salido que la asignacion tributaria es para fines sociales. ¿Cómo puedo modificar ésto? no encuentro el modo y tampoco se siquiera si esa asignación se refiere a la cantidad íntegra que me devuelven

    Saludos y gracias de antemano por las respuestas

    • jaime dice:

      Hola Daniel, no te preocupes que la cantidad que te devuelven va a ser la misma. La asignación a fines sociales significa que el 0,7 por ciento de la cuota íntegra de tu declaración (no de la cantidad que te vayan a devolver) será destinada a ONG. Si marcaras también la casilla de la Iglesia otro 0,7 por ciento iría a la Iglesia Católica y si no marcas nada ese 0,7 por ciento se asigna a los Presupuestos generales del Estado. Por eso no creo que hayas cometido un «grave error».

    • Maria del Carmen Pilar Vallejo Saiz dice:

      En la declaracion mo me di cuenta de poner la cruz en la asignacion a la iglesia

    • malahache dice:

      en la mía ponía error en ambas casillas para marcar. A personalmente no me hace a ninguna…lo deje sin marcar ambas…lo mismo por eso me tienen castigada contra la pared por insolidaria

  3. roberto dice:

    Hola, al ir al modificar el borrador para incluir las deducciones por.vivienda he y despues de confirmar el borrador he revisado. Q la referencia catastral no corresponde con mi vivienda…hay alguna manera de cambiar esto?… muchas gracias

  4. wirihapi dice:

    Hola mi novia ha pedido el borrador de este año (2010) y el importe es 0 por no haber trabajado en todo el 2010 ni cobrado ningun subsidio,pero tenemos una hipoteca de nuestra vivienda habitual al 50% y un hijo con discapacidad de 65% en comun.
    ¿no la devuelven nada?

    • jOSE dice:

      NO,si no la han retenido nada, no hay devolución.

      Si acaso, al no tener rentas se puede considerar que los importes abonados de hipoteca lo son con préstamos suyo a ella, y en el futuro poder deducirse, el problema sería la acreditación de esas situación, y mas si el matrimonio esta casado en gananciales.

    • CARMEN DEL 03/05 dice:

      MI SITUACION ESTE AÑO HA SIDO PARECIDA A LA DE TU MUJER Y NO NOS DEVUELVEN NADA LO UNICO QUE PODEIS HACER ES HACERLA CONJUNTA Y TU TE DESGRABAS EL TOTAL DE LA HIPOTECA PARA QUE OS DEVUELVAN MAS

  5. Guada dice:

    Buenas. Lleve mi declaracion a una gestoria y hoy repasando todo me he dado cuenta que han puesto mal el numero de cuenta en el que me tienen que hacer el ingreso. Han puesto una cuenata antigua que cerre para abrir una nueva al hacerme la hipoteca.
    ¿Que debo hacer????

  6. conchi dice:

    sabe alguien cuanto tarda desde que pasas al 4 y estas en la calle lerida en cobrar

    • virginia dice:

      NO SE ?¿ pero yo estoy como tu… teha tardado mucho o te está tardando mucho ? yo llevo 5 dias esperando, y eso que me pone que en los proximos dias se me hará la devolucion…

  7. Almudena dice:

    Quería saber como puedo modificar una declaración de la renta ya entregada en la que olvidé al modificar el borrador por internet marcar la casilla 902 correspondiente a la deducción de la comunidad por «Arrendamiento de vivienda por menores de 35 años»

    • Marta dice:

      A mi se me olvidó poner la deducción por la cuenta vivienda y llamé al teléfono de la agencia tributaria. Me dijeron que hiciera un escrito exponiendo la rectificación que quería realizar en la declaracióny que era suficiente.(hay que llevarlo a Hacienda al registro)

  8. kiu dice:

    Y si el error no provoca ningun perjuicio?. Me equivoke al poner en la declaracion el año de adquisicion de la vivienda. Llame para corregirlo pero me dijeron que esperara a la devolucion. A día de hoy siguen sin devolverme. Pueden esperar a ultima hora para pedirme que la rectifike y luego no pagarme los intereses si devuelven despues del 31 de diciembre?

  9. Ana dice:

    Buenas tardes, mi problema es que desde que tuve a mis hijos no me han pagado los 100 € de madre trabajadora y para que desde el 2006 me lo abonen debo hacer un escrito a hacienda en el cual no se que datos se requieren, no se si a alguien le ha ocurrido lo mismo y si me podriais ayudar.

  10. jose dice:

    Hola.
    Mi problema es que hacienda me hizo el borrador del 2008 y se equivoco a su favor.
    Mi pregunta es ¿ puede hacer una complementaria o un recurso, de que tipo ? Y si todavía estoy en plazo (julio 2010) gracias

  11. joan dice:

    Se tarda mas en cobrar una declaracion complementaria???

  12. santi dice:

    El año pasado me salió la declaración de renta a pagar, puse a abonar en cuenta, y dentro de plazo, la presenté a la delegación de hacienda. Pasa el tiempo y hacienda no me cobra. Normal porqué no la presenté en el lugar correcto (supongo)Que hago? Se lo digo a hacienda para evitar algun recarrgo o espero que pase el tiempo?

    • apapurcios dice:

      a mi me paso lo mismo con una complementaria que me salia a pagar y la presente en hacienda pero aun no me cobraron y ya va un año…….. Que hacer?

  13. laud10 dice:

    Buenas
    En mi caso, confirmé la delaración el año pasado pero no me habían incluido el importe por dquisición de vivienda, lo reclamé y nada, puedo presenta este escrito y solicitar la devolución deese dinero?
    Gracias

  14. joan dice:

    He hecho una declaracion complementaria en las oficinas de aeat pero cuando consulto el estado de mi declaracion por internet solo me sale la primera(no la complementaria)¿Como puedo consultar el estado de la declaracion complementaria??

    • Juanma dice:

      A mi me pasa lo mismo que a tí, finalmente me pone que ha sido resuelta y que van a proceder a la devolución, lo que no se si se refiere a la primera o a la complementaria porque el expediente hacia mención al borrador erroneo

  15. Marcos dice:

    Muchas gracias de antemano.
    He cobrado una cantidad por resolución de sentencias en el ámbito laboral. El total corresponde a nóminas del 2001 y atrasos por mora desde entonces. ¿Cómo puedo calcular lo que me tocará declarar y pagar? Gracias.

  16. aurora dice:

    Despues de muchos años haciendo la declaracion de irpf y teniendo mi marido una ivalidez permanente total, reconocida por la Seg. Social nunca incluimos en ellas su minusvalia.Este año alguien me dice y yo lo confirmo con Hacienda que efectivamente procede. Ahora se que solo puedo reclamar los ultimo 4 años pero no se como tengo que hacerlo. Alguien me puede ayudar?

  17. maria dice:

    al mirar el estado de mi devolución me dice que esta siendo mirada, ¿hay algun problema cuando tarda tanto? ¿como puedo saber y corregir cual es?.

    Muchas gracias

  18. Ana dice:

    ¿Cómo se puede corregir un dato personal?, por ejemplo, si te has equivocado al rellenar el DNI y ya has entregado la declaración.

    Muchas gracias

  19. jorge dice:

    Al hacer la declaracion en el modelo 100 me salia una cantidad a devolver de 2154.67, y cuando me di cuenta de que no habia incluido un deposito a plazo me dijeron que hiciera una declaracion nueva.
    Mi sorpresa fue que me tenian que devolver lo mismo,porque al ser un interes a plazo fijo,ya me retienen el 18 por ciento, y por tanto no influye en el diferencial,pero cuando consulto el estado de mi devolucion me encuentro con dos grabaciones, y todavia no me han devuelto nada.¿Que puedo hacer?

  20. Eduardo dice:

    Haz un escrito como el del post, pero con tus datos y circunstancias concretas. Puedes hacer referencia a la cantidad que ya ingresastes ese año. Suerte

  21. David dice:

    Hola de nuevo,

    Como tengo que proceder, emito un escrito similar al del post incluyendo un documento con los datos de la cuenta vivienda y las cantidades ingresadas ese año? En el escrito hago referencia los xx,xx € que ingresé en la cuenta ese año?

  22. Eduardo dice:

    si David, sigue las instrucciones de este post. Imagino que te tardará un poquito. Suerte

  23. David dice:

    Hola
    Tengo una duda. El año pasado no declaré la cuenta vivienda (renta 2006) porque me lie yo solo haciendo la declaración. Es posible hacer un escrito reclamandolo a día de hoy.

    Muchas gracias!

  24. david dice:

    Hola, en mi caso no he puesto la referencia catastral de la vivienda de 2008, mas que nada que aun no la tengo porque aun esta como solar por problemas con el constructor y con el caso en el juzgado. Debo poner la referencia del solar al no tener de la vivienda o lo dejo como sin referencia catastral??
    gracias

  25. Rafa dice:

    Gracias por la información.

    Según este documento de la AEAT http://www.aeat.es/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/estaticos/documentos/Renta_2007.Declaracion_complementaria.Devolucion.pdf
    se puede hacer una declaración voluntaria para devolución siempre que hacienda no haya hecho efectivo el pago. ¿es correcto?

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