Borrador y devolución rápida.

Los tiempos del sistema de devolución rápida se han terminado con la nueva Ley 35/2006.  Y es que Hacienda impuso su criterio según el cual el sistema provocaba demasiada burocracia y daba lugar a errores de interpretación en los contribuyentes, haciendo que muchos de ellos creyeran erroneamente que no debían de presentar la declaración de la renta cuando sí estaban obligados a ello.

No obstante si está disponible el sistema del borrador de la declaración que puede ser solicitado a Hacienda forma sencilla bien a través de Internet (www.agenciatributaria.es) o a través de teléfono. 

Si se opta por este último sistema, existen dos alternativas: llamar al 901 12 12 24, una línea de servicio automático que funciona las 24 horas del día, o bien marcar el 901 20 03 45, que está disponible de lunes a viernes, en horario de 9 a 21 horas. En ambos casos, el interesado deberá facilitar el NIF y la casilla 681 de la declaración de Renta de 2006. El plazo para realizar este trámite concluirá el 25 de junio.

41 comentarios a “Borrador y devolución rápida.”

  1. LEIA88 dice:

    Hola.he mirado mi declaracion de la renta el año pasado no la hice…este año me sale en la casilla de a devolver o pagar 0,00…nose si estoy obligada a hacerla o no me he comprado una casa en diciempre de 2015

  2. jj dice:

    buenas, alguien me puede aclarar una cosa, me pone en borrador 450 euros a ingresar, que kiere decir? que pago ó k me pagan

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