Nuevos porcentajes de deducción por inversión en vivienda.

deducción por viviendaLa Ley 35/2006 ha modificado los porcentajes de por adquisición de a la baja con respecto a la normativa anterior, ya que ha suprimido los porcentajes  incrementados que se disfrutaban durante los dos primeros años.

Ahora el porcentaje general está fijado en el 15% (con o sin ), sin ningún incremento en los dos primeros años, salvo que la normativa autonómica mejore dicha deducción.

No obstante, los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006 y tuvieran derecho a la , en el supuesto de que la aplicación del régimen establecido en esta ley para dicha deducción les resulte menos favorable que el regulado en el Real Decreto Legislativo 3/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la de las Personas Físicas como consecuencia de la supresión de los porcentajes de deducción incrementados por utilización de financiación ajena, podrán aplicar compensaciones fiscales que se determinarán en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

74 comentarios a “Nuevos porcentajes de deducción por inversión en vivienda.”

  1. Luis Miguel dice:

    Hola. Necesito que me aclaren una duda importante.
    En el año 2006 cancelé la hipoteca de la vivienda habitual comprada en el 2000, pagándola al completo. En ese mismo año 2006 me divorcié , quedándome como reparto de bienes con sólo bienes muebles, por tanto la vivienda se la quedó mi expareja. En el año 2008 he vuelto a comprar otra vivienda habitual. ¿puedo desgravar el completo de las cantidades aportadas para la nueva vivienda, sin tener en cuanta nada de las deducciones hechas por la anterior vivienda?. Y si no es así cómo se haría el cálculo para ver la diferencia a aplicar ¿cuáles son las cantidades a tener en cuenta?. Gracias.

  2. Amalia dice:

    He rescatado el importe total de un seguro de vida.En el certificado banacario tengo las casillas de Rendimientos;Reducción y Retención.Dónde las pongo en capital mobiliario del programa Padre?Gracias.

  3. Luciano dice:

    Como me deduzco el seguro de vida y de hogar en la declaración de la renta?? en que casilla va?
    Gracias.

  4. Josep dice:

    He vendido mi piso en 150.000€,y compre otro por 100.000€ que será mi vivienda ahabitual,la diferencia es de 50.000€ tengo que pagar a,Hacienda por esa cantidad sobrante al tener yo mas de 75 años de edad.
    Muchas gracias por aticipado

  5. marisol dice:

    me gustaria saber si puedo seguir deduciendo una ampliacion de hipoteca habiendo cancelado la hipoteca anterior y sin adquirir otra vivienda

  6. Admin dice:

    Me temo que si, por no haber cumplido con los plazos legales.

  7. Eva dice:

    Hola compre mi vivienda en agosto del 2006,y la quiero alquilar ahora por un año.Si hago esto he de devolver a hacienda lo que me he desgravado los años anteriores por vivienda habitual.

  8. Miguel Angel dice:

    ¿En que casilla hay que poner los seguros de vida? para su desgrabación

  9. admin dice:

    Hola Cristina, podras deducirte las cuotas como «dentro de los dos años» que hayas pagado antes de cumplir dos años la compra (por ejemplo, si comprastes el 15 de febrero y pagas la hipoteca los días 04 de cada mes podras deducirte enero y febrero, si la hipoteca la pagas los días 25 podrás deducirte solo enero. Espero haberme explicado bien. Un saludo.

  10. cristina dice:

    compré la vivienda en febrero de 2005, estoy dentro de los 2 años siguientes a la adquisición, o no?

  11. esther dice:

    Yo al meter la casilla 737 salgo perjudicada, si la borra me devulven má y en el borrador me la rellenaron.

    Yo adquiri mi vivienda en el 2004, y como no estoy dentro delos 2 años siguientes no me beneficia la casilla 737 y ya he confirmado el borrador. Puedo anularlo y dejar en blanco la casilla 737

  12. SUSANA dice:

    ADMIN: Gracias por la respuesta y siento no haber visto antes el tema.

  13. admin dice:

    Susana, no puedes aplicar la compensación, porque se entiende que la fecha de la adquisición es la de la escritura. Ya habíamos tocado el tema antes, mirate las respuestas al post para mas detalles.

  14. susana dice:

    Tengo 28 años. En el 2005 abrí cuenta vivienda y me he deducido por ello, en las declaraciones de 2006 y 2007 (ejercicios 2005 y 2006). En el año 2007 compré piso y pagué al promotor, por lo que en esta declaración de 2008 me he deducido lo que corresponde. La pregunta es: ¿Puedo cumplimentar la casilla 737, como deducción adicional ya que la cuenta vivienda está abierta desde el 2005 ó bien lo que cuenta como adquisición de vivienda es el primer pago al promotor (fecha de contrato de compraventa). O, rizando el rizo, la fecha de compra sería cuando se firmen el año que viene las escrituras?

  15. JAVIER V. dice:

    Eduardo: Me lo imaginaba. En cualquier caaso, gracias por confirmármelo.

  16. Eduardo dice:

    Javier, la deducción máxima son 9015 euros anuales por cada declaración (si es conjunta es una declaración, aunque sean dos sujetos pasivos). Los resultados que te da el programa es correcto (siempre que los datos lo sean también). Saludos.

  17. Eduardo dice:

    Hola Josep, me alegro mucho de que lo hayas resuelto, muchas veces hacerlo otra vez te da otra perspectiva. Saludos.

  18. Josep dice:

    Hola,Resuelto mi caso. Como explicaba anteriormente no me dejaba cumplimentar la casilla 737.Después de repasar la declaración me di cuenta que en la casilla 792 no se cumplimentaba la fecha automaticamente ni probando con diferentes fechas. La solución hacerla de nuevo cumplimentando 1º esta casilla.En total unos 225€ de diferencia y todo por un bug del programa.

    Saludos y gracias.

  19. JAVIER V. dice:

    Hola: Al cumplimentar la casilla 737 de las declaraciones de mi esposa y mía individualmente, nos sale 225 euros en cada una de deducción (450 euros total); sin embargo al hacerla conjunta (más favorable) nos sale sólo 225 euros de deducción total. ¿Sabeis si esto es correcto ó en la conjunta también nos deberíamos deducir 450 euros (225 de cada uno)?
    Gracias

  20. Eduardo dice:

    Hola Josep, las cantidades que dices son correctas, no se por que el programa no te lo admite, prueba a borrarlo y cumplimentarlo nuevamente. Suerte

  21. Josep dice:

    Hola, Intento rellenar la casilla 737 y me sale el error «Las cantidades reflejadas a efectos de la compensación no pueden exceder de las consignadas por inversión en la adquisición de vivienda habitual efectuada antes de 20 enero de 2006 con financiación ajena» Los datos introducidos son en INVERSION EN VIVIENDA HABITUAL fecha 2/12/2002 inversión 6515.02 nº de iden. 100% de la adquisición. Y en COMPENSACION POR ADQUISICION DE VIVIENDA HABITUAL pongo en cantidades satisfechas en 2007 después de los dos años 6515,02

    No se que me falta hacer mas.
    Gracias.

  22. admin dice:

    Yolanda, en principio si tendrías derecho, tienes que pedir una rectificación de la autoliquidación. te dejo un enlace: https://www.declaracionderenta.es/errores-en-la-declaracion-de-renta-46.htm
    JOrge, si los gastos los has pagado con un importe ya depositado y deducido no puedes volver a deducir ninguna cantidad.
    Anny, tienes que sumar la cantidad completa pagada (intereses + capital). Otra cuestión es si tienes subvención que tendrás que ponerla como ganancia patrimonial en la casilla 310. Saludos

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