Presentación fuera de plazo de una declaración

Las declaraciones presentadas fuera de plazo y que resulten a ingresar, siempre que se presenten  sin mediar requerimiento previo de la Administración al efecto, darán lugar a la exigencia de un recargo de cuantía variable en función del retraso, sin que se pueda imponer sanción alguna por ello.

Dichos son los siguientes:

  1. – El 5 por 100 de la cantidad ingresada, con exclusión del interés de demora, si el ingreso se produce dentro de los 3 meses siguientes al término del plazo de declaración.
  2. – El 10 por 100 de la cantidad ingresada, con exclusión del interés de demora, si el ingreso se produce dentro del período comprendido entre 3 meses y un día y 6 meses desde el término del plazo de declaración.
  3. – El 15 por 100 de la cantidad ingresada, con exclusión del interés de demora, si el ingreso se produce dentro del período comprendido entre 6 meses y un día y 12 meses desde el término del plazo de declaración.
  4. – El 20 por 100 de la cantidad ingresada, si el ingreso se produce una vez transcurridos los 12 meses siguientes al término del plazo de declaración.

En este último caso, se exigirán también los de demora correspondientes al período transcurrido desde el día siguiente al término de los doce meses posteriores a la finalización del plazo de declaración hasta el momento en que la declaración se haya presentado.

Todo ello, sin perjuicio de que el recargo pueda verse reducido en un 25 por 100 de su importe en los casos y con los requisitos previstos en el artículo 27.5 de la Ley General Tributaria

15 comentarios a “Presentación fuera de plazo de una declaración”

  1. juan carlos cobano dice:

    Puedo presentar la declaración del 2009, ?
    estamos en el 2015 , me diran algo… ? puedo hacerlo. ?

  2. Aitziber dice:

    Tengo que hacer la declaracion de la renta2010 y estoy fuera de plazo pero tengo el borrador que me mandaron de hacienda,creia que ellos se cobraban de mi cuenta y parece que no,asi que tengo que hacerla.
    ¿A donde tengo que ir y que papeles necesito?

  3. Jem dice:

    Me han mandado un REQUERIMIENTO por el año 2009, que debo hacer la declaración, ya que estoy OBLIGADA por haber tenido dos pagadores. He acudido a la AEAT agencia tributaria, te entregan los DATOS FISCALES de ese año, de ahí te mandan a una gestoría (hay que pagar a parte) para que te hagan la DECLARACION RENTA (ya que ellos fuera de plazo no la hacen) abonas la cantidad que te sale a ingresar a través del banco y ¡¡¡en UN SOLO PAGO!!!ya que si haces pagos fraccionados continúan los INTERESES DE DEMORA hasta que abonas 2º y última cuota. Tras ir al banco hay que desplazarse de nuevo a la agencia tributaria a RENTA a presentar el pago. En mi caso como se han puesto en contacto ellos conmigo tengo SANCIÓN de 50 % de lo que me salió a pagar. Todo un despilfarro. Y ahora el 5 de Noviembre tengo de nuevo la 2º cuota del año 2011…
    ¡¡Asi que estas cositas hay que llevarlas al dia!!

  4. julio dice:

    hola mi nombre es julio, este año he realizado la declaracion de la renta del 2010 y 2009 dado que ambas me salia devolver, la question es que ahora hacienda me ha enviado una sancion por entregar la declaracion de 2009 fuera de plazo, aun así esta ha sido mi primera vez dado que no llego al mínimo para que se me aplique la obligatoriedad de la misma y al hacer la revisión de este año y el del año pasado vi que se me tenia que devolver a razon de 200 euros por cada declaración.

    mi pregunta es :
    Que derechos tengo como contribuyente que he intentado siempre declarar mi retribución anual y dado que esta ha sido la primera vez me sancionan por entregar fuera de plazo la declaración del 2009 por desconocimiento de la misma? y que puedo hacer al respecto?

  5. teresa dice:

    hola! a ver si me podéis informar; me ha dicho que tenemos 4 años para presentar una declaración en caso de no poder estar en el pais en el período de la misma, es cierto eso?
    gracias

  6. carlos dice:

    He solicitado la renovacion de la tarjeta de S.S. y me piden la declaración de renta del 2008.
    Cuando he ido a declarar en su momento, me dijeron; que no era necesario por no ganar mas de 14,00O euros al año.
    Y entonces ahora me dicen que que declarar obligado. Porque?

  7. david dice:

    con recargo me tenian que pagar a mi desde abril que hice la declaracion y no me an pagao que mafia estan echos.

  8. Andrea dice:

    Yo nunca he declarado y necesitaba un certificado de hacienda y me entere que en el 2007 tenia que declarar porque pase de ETT a trabajar a la misma empresa a la que trabaja por medio de la ETT y ahora nose q hacer estoy desubicada…..ALGUIEN ME PUEDE AYUDAR

  9. Juan dice:

    Se me ha ido la pinza, parece surrealista pero es verdad. Creía que el plazo límite de la DR 2008 era JULIO 30 y resulta que no, obviamente. El tema es que me tenían que devolver, alguien sabe qué puedo hacer, a dónde puedo acudir? Cualquier información será muy apreciada, mil gracias, juanesguerra75@hotmail.com

    • CONCHI dice:

      Si que puedes hecharla aunque estes fuera de plazo…. y ellos ya deciden si te la devuelven o no!!! Tu pruebate ya no pierdes nada!

    • Elena dice:

      Ve a Hacienda y haz la declaración. Si es a devolver, te la devolverán. Después, te llegará la sanción por entregarla fuera de plazo. LA PAGAS Y FUERA.
      Sobre todo, NO TE ESPERES A QUE VAYAN A POR TI, Si vas cuando ellos te mandan la notificación, LA SANCION ES MAS ALTA.
      Esto me pasó a mí. Ke lo sepas.

  10. Juan dice:

    Ya sé que parece surrealista pero se me ha ido la pinza y creía que el plazo límite para presentar la D R era 30 de julio. Alguien me puede informar (si lo conoce) qué puedo hacer? entre otras porque me salían a devolver. Cualquier información será muy apreciada, mil gracias

  11. vanessa dice:

    Se me olvidó hacer la declaración de la renta. En hacienda me dicen que tengo que hacerla y presentarla que ya le ponen el recargo, pero al hacerla en programa me manda a las casillas de complementaria y no sé como cubrirlo. Me podéis decir algo. Gracias.

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