Consulta devolución Renta

Para los que quieran saber como va la devolución de su declaración de renta, Iva o sociedades, se puede consultar desde aquí.


ATENCIÓN!!!: La Agencia Tributaria ha suprimido el servicio de consulta rápida que usabamos en esta web, las alternativas de consulta son dos: o bien através del PORTAL DE SERVICIOS DE RENTA (no requiere certificado digital), o bien através de MIS EXPEDIENTES (con certificado digital) en la sede electrónica. Ponemos los enlaces para su consulta desde aquí para mayor facilidad.

Hemos actualizado las posibles contestaciones del estado de las devoluciones:

1. Su declaración se está tramitando. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores, estando pendiente de revisión por un funcionario.
2. Su declaración se está tramitando, si lo desea puede consultar sus imputaciones mediante la facilidad CONSULTAR DATOS FISCALES y contrastarlas con los datos consignados en la misma. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores. Ya se ha revisado de forma provisional y existe una discrepancia entre los datos declarados y los que Hacienda tiene. No obstante se puede revisar nuevamente por un funcionario y ordenar la devolución si entiende que no hay error o bien hacer un requerimiento al contribuyente para aclarar la situación.
3. Su declaración está siendo comprobada. La declaración ha sido grabada en los sistemas informáticos de hacienda y está pendiente de que un funcionario la revise antes de autorizar la devolución solicitada. Esta situación se puede prolongar hasta seis meses.
4.Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. El pago de su devolución se realizará en XX días hábiles. En este punto la petición de devolución ya ha sido comprobada y no se ha encontrado ninguna irregularidad a priori. No obstante aún no se ha emitido la devolución.
5. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 13/05/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES91-2103-4098-23-*****73766.Es la meta de todo contribuyente. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto. Normalmente toma 1 día en aparecer en la cuenta.
6. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, los órganos de Recaudación han realizado descuentos sobre su devolución. La devolución restante ha sido emitida el día 01/09/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES51-2182-3250-81-*****09038, junto con la comunicación de los descuentos realizados. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto solo parcialmente pues se mantenía una deuda que ha quedado saldada. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda cancelada. Normalmente la devolución de lo que sobra toma 1 día en aparecer en la cuenta.
7. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, se han realizado descuentos sobre su devolución y no resta importe alguno a devolver. La comunicación de los descuentos realizados ha sido emitida el día 16-04-2029. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero no se ha devuelto ya que teníamos una deuda (con el Estado, con alguna comunidad autónoma o ayuntamiento, o incluso con un particular que reclame judicialmente) que era mayor que el importe que nos tenían que devolver, por lo que aún seguimos debiendo dinero. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda y el importe que nos queda por pagar.

Breve explicación del proceso

Las declaraciones SE TRAMITAN en las Delegaciones de Hacienda de vuestra provincia. Se TRAMITAN, se COMPRUEBAN, se RETIENEN…, así que toda demora es achacable a vuestras respectivas Delegaciones.

Una vez TRAMITADAS si no hay discrepancias, o COMPROBADAS si hay datos nuevos que ellos no tienen, pueden pasar DOS COSAS : 1/ Que tengáis deudas con la administración (multas, ibi…) y de vuestra Delegación Provincial ANTES de remitirlas a Madrid para que se os pague, las pasan por RECAUDACIÓN de vuestra provincia y luego a Madrid para que os ingresen la diferencia.
Y 2/ Que no tengáis deudas y después de ser tramitadas y/o comprobadas por vuestra Delegación , pasen a Madrid, Guzmán el Bueno, y MADRID ordena las transferencias.

Por lo demás, todo el proceso es automático, por eso cuando pasa al famoso punto 3, incluso de madrugada, tarde o noche va cambiando el ya también famoso mensaje de ” se pagará en 4 días hábiles, 3 días, 2 días.”

El proceso deja de ser automático cuando, por incluir algún dato nuevo, un alquiler, una nueva deducción, “no casan los datos con el ordenador” y salta el famoso COMPROBANDO que nadie quiere. En ese punto, hay que esperar a que un funcionario de vuestra Delegación mire “manualmente” por qué el ordenador no ha seguido el proceso normal.


Recordar que en la cuenta asignada para la devolución tiene que constar el titular o titulares que solicitan la devolución. Se puede consultar la cuenta de devolución.

NOTA: LOS COMENTARIOS PUEDEN TARDAR HASTA CINCO MINUTOS EN APARECER.

67.381 comentarios a “Consulta devolución Renta”

  1. Franki dice:

    Buenos días a mi también me a cambiado al punto 4

  2. Dc dice:

    Veo que hay cambios del punto 1 al 4 , alguién de más de 2500€ que le haya cambiado?,sigo en punto 1 conjunta +2645 € .BCN

  3. Jenifer dice:

    Castellón 2600 familia numerosa echa el 31 conjunta punto 1

  4. Ali dice:

    Parece k están cambiando las de 2000 € las de +3000€ serán para la semana que viene

  5. Anton dice:

    Se están moviendo las de más de 2000 , esta semana no tiene festivos y supongo que salvo pase por Re audacion . Se cobrará

    • Raivaton dice:

      Pues la mia es de 2200 modificando solo la inclusion de un hijo que tuve en diciembre y no se mueve. Hecha el primer dia. Desde Badajoz

  6. Anton dice:

    A mi tambiem me ha cambiado al punto 4 +2000 . Delegación Cordoba

  7. Elena dice:

    Acaba de cambiar. Conjunta +2400 Getafe (Madrid)

  8. Enzo dice:

    Buenos dias, alguien tiene información en Vigo.

  9. Marta dice:

    Hola buenos días a ora mismo me acaba de cambiar a está conforme sin aún lo de los 4 dias 2450 e palma de mallorca

  10. Fernando dice:

    La samana pasada punto 4…de ahi a recaudacion… Me pasó a devolución comprobando…. Ahi se quedo…

  11. Yola dice:

    A mi también me ha cambiado a tres días, de valencia y llevada en 4 dias desde el miércoles.

  12. Teiza dice:

    De Huelva aún tramitando desde día 1 más de 2500e modificada x casarme y sindicato

  13. Maria dice:

    Hola yo también soy de Zaragoza la hice el día 7 sigue tramitando

  14. Malaga dice:

    Buenas, alguien de Málaga que le haya cambiado o en cualquier parte de Andalucía.
    Yo conjunta 2600, modificado cuota sindical echa el 31 por la noche, gracias

    • josejq dice:

      el lunes dia 6 me ponia devolución en 4 días, esta mañana me ha cambiado a 3, parece que para hacienda los dias tienen más de 24 horas. Málaga.

  15. José Oliver dice:

    Hola, alguien de Valencia que le haya cambiado? Aunque no se pues hoy siendo festivo …

  16. Antonio dice:

    Me ha cambiado a 3 dias.

  17. gema dice:

    Sobre los hijos mayores de edad, NO forman parte de la unidad familiar (por lo tanto sus ganancias NO las incluiremos en la renta de los padres) pero SI pueden darnos beneficios por mínimo por descendiente según que casos.
    – Si gana menos de 1800 la declaración del hijo puede ser individual o no hacerla por no estar obligado, en ambos casos NO incluimos sus ganancias en nuestra declaración y en ambos casos SI tenemos derecho al mínimo por descendiente.
    – Si gana entre 1800 y 8000: si hace la renta individual NO podemos acogernos al mínimo por descendiente pero si no la hace individual por no estar obligado SI podemos acogernos al mínimo por descendiente, en ambos casos NO incluimos sus ganancias en la renta de los padres.
    – Si ganan más de 8000 NO incluimos sus ganancias en nuestra renta, NO podemos beneficiarnos del mínimo por descendiente y la renta del hijo será individual o no la hará por no estar obligado.

    • Paquinho dice:

      Los hijos que cumplan los 18 años en Septiembre te entran en la declaracion de renta aun de hecho en el borrador te sale, en cambio si como comento el hijo que cumple los 18 años en septiempre tiene ingresos por poner un ejemplo de 1000 euros el año que cumple los años ese dinero el padre no tiene que ponerlo en la declaracion que haga aumque su hijo salga en la declaracion desgrabandole, todo esto esta consultado en Hacienda y por varias personas, espero poder haberme explicado bien.

  18. Antonioooo dice:

    En el encabezmiento de esta pagina pone esto: ATENCIÓN!!!: La Agencia Tributaria ha suprimido el servicio de consulta rápida que usabamos en esta web, las alternativas de consulta son dos: o bien através del PORTAL DE SERVICIOS DE RENTA (no requiere certificado digital), o bien através de MIS EXPEDIENTES (con certificado digital) en la sede electrónica. Ponemos los enlaces para su consulta desde aquí para mayor facilidad. Pero resulta que cuando te metes a traves la web a lo unico que se consigue llegar es para ver cuando se presento y poco mas, os ruego que me digais como puedo consultarla a traves del PC, en cambio a traves de App si pone el estado en el que esta

  19. Antonioooo dice:

    En el encabezmiento de esta pagina pone esto: ATENCIÓN!!!: La Agencia Tributaria ha suprimido el servicio de consulta rápida que usabamos en esta web, las alternativas de consulta son dos: o bien através del PORTAL DE SERVICIOS DE RENTA (no requiere certificado digital), o bien através de MIS EXPEDIENTES (con certificado digital) en la sede electrónica. Ponemos los enlaces para su consulta desde aquí para mayor facilidad. Pero resulta que cuando te metes a traves la web a lo unico que se consigue llegar es para ver cuando se presento y poco mas, os ruego que me digais como puedo consultarla a traves del PC, en cambio a traves de App si pone el estado en el que esta.

    • Alberto dice:

      En su psgina web. Consulta borrador. Sale estado

      • Paquinho dice:

        Buenos dias me pasa como Antonio miro a traves de la web y pone fecha y hora de entrega y poco mas y no hay manera de ver en el estado en el que esta hablo mirandolo en el ordenador de casa y a tambien siguiendo los pasos que ustede ha dicho, no se que el porque pasa esto en cambio he instalado la App de hacienda y ahi si que pone el estado de la declaracion de renta.

  20. Richard dice:

    Me acaba de cambiar a 3 días.

  21. María dice:

    A mí no me cambia, desde el 7, pero bueno es normal estamos recién pasando semana Santa, y en alguna comunidad es festivo, así que a esperar un poco

  22. Jonatan dice:

    Ami me ha cambiado a 4 días hábiles
    Burgos,individual 500€

  23. Antonio dice:

    Misma situación, desde el martes con 4 dias hábiles.

  24. Francisco dice:

    Buenos dias, como podeis consultar el estado de la declaracion resulta que a traves de la App de Hacienda si pone si se esta tramitando o el punto que esta pero a traves del PC no hay manera, me comentaron en el foro como hacerlo pero a lo mas que llego es a ver la fecha que la presente y hora y poco mas, no pone en el punto que se encuentra, muchas gracias por vuestra informacion.

  25. Manuela dice:

    Hola! A alguien le ha cambiado el estado desde la semana pasada? A mi me aparece igual con la coletilla de los 4 días…gracias!

Responde

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies