Consulta devolución Renta

Para los que quieran saber como va la devolución de su declaración de renta, Iva o sociedades, se puede consultar desde aquí.


ATENCIÓN!!!: La Agencia Tributaria ha suprimido el servicio de consulta rápida que usabamos en esta web, las alternativas de consulta son dos: o bien através del PORTAL DE SERVICIOS DE RENTA (no requiere certificado digital), o bien através de MIS EXPEDIENTES (con certificado digital) en la sede electrónica. Ponemos los enlaces para su consulta desde aquí para mayor facilidad.

Hemos actualizado las posibles contestaciones del estado de las devoluciones:

1. Su declaración se está tramitando. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores, estando pendiente de revisión por un funcionario.
2. Su declaración se está tramitando, si lo desea puede consultar sus imputaciones mediante la facilidad CONSULTAR DATOS FISCALES y contrastarlas con los datos consignados en la misma. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores. Ya se ha revisado de forma provisional y existe una discrepancia entre los datos declarados y los que Hacienda tiene. No obstante se puede revisar nuevamente por un funcionario y ordenar la devolución si entiende que no hay error o bien hacer un requerimiento al contribuyente para aclarar la situación.
3. Su declaración está siendo comprobada. La declaración ha sido grabada en los sistemas informáticos de hacienda y está pendiente de que un funcionario la revise antes de autorizar la devolución solicitada. Esta situación se puede prolongar hasta seis meses.
4.Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. El pago de su devolución se realizará en XX días hábiles. En este punto la petición de devolución ya ha sido comprobada y no se ha encontrado ninguna irregularidad a priori. No obstante aún no se ha emitido la devolución.
5. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 13/05/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES91-2103-4098-23-*****73766.Es la meta de todo contribuyente. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto. Normalmente toma 1 día en aparecer en la cuenta.
6. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, los órganos de Recaudación han realizado descuentos sobre su devolución. La devolución restante ha sido emitida el día 01/09/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES51-2182-3250-81-*****09038, junto con la comunicación de los descuentos realizados. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto solo parcialmente pues se mantenía una deuda que ha quedado saldada. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda cancelada. Normalmente la devolución de lo que sobra toma 1 día en aparecer en la cuenta.
7. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, se han realizado descuentos sobre su devolución y no resta importe alguno a devolver. La comunicación de los descuentos realizados ha sido emitida el día 16-04-2029. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero no se ha devuelto ya que teníamos una deuda (con el Estado, con alguna comunidad autónoma o ayuntamiento, o incluso con un particular que reclame judicialmente) que era mayor que el importe que nos tenían que devolver, por lo que aún seguimos debiendo dinero. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda y el importe que nos queda por pagar.

Breve explicación del proceso

Las declaraciones SE TRAMITAN en las Delegaciones de Hacienda de vuestra provincia. Se TRAMITAN, se COMPRUEBAN, se RETIENEN…, así que toda demora es achacable a vuestras respectivas Delegaciones.

Una vez TRAMITADAS si no hay discrepancias, o COMPROBADAS si hay datos nuevos que ellos no tienen, pueden pasar DOS COSAS : 1/ Que tengáis deudas con la administración (multas, ibi…) y de vuestra Delegación Provincial ANTES de remitirlas a Madrid para que se os pague, las pasan por RECAUDACIÓN de vuestra provincia y luego a Madrid para que os ingresen la diferencia.
Y 2/ Que no tengáis deudas y después de ser tramitadas y/o comprobadas por vuestra Delegación , pasen a Madrid, Guzmán el Bueno, y MADRID ordena las transferencias.

Por lo demás, todo el proceso es automático, por eso cuando pasa al famoso punto 3, incluso de madrugada, tarde o noche va cambiando el ya también famoso mensaje de ” se pagará en 4 días hábiles, 3 días, 2 días.”

El proceso deja de ser automático cuando, por incluir algún dato nuevo, un alquiler, una nueva deducción, “no casan los datos con el ordenador” y salta el famoso COMPROBANDO que nadie quiere. En ese punto, hay que esperar a que un funcionario de vuestra Delegación mire “manualmente” por qué el ordenador no ha seguido el proceso normal.


Recordar que en la cuenta asignada para la devolución tiene que constar el titular o titulares que solicitan la devolución. Se puede consultar la cuenta de devolución.

NOTA: LOS COMENTARIOS PUEDEN TARDAR HASTA CINCO MINUTOS EN APARECER.

19.247 comentarios a “Consulta devolución Renta”

  1. Reme dice:

    Hola, yo siempre confirmo borrador sin modificar nada por la app, este año tengo q cambiar número de cuenta. Desde la app se puede o hay q hacerlo desde la web?

  2. Ana dice:

    Buenos días,
    Otro año más por aquí, a ver si este año es rapidito cómo los dos anteriores.
    Saludos a tod@s

  3. Tolo dice:

    Mañana martes ia qué hora se podrá hacer la renta?

  4. Cordobesa dice:

    Buenas noches , otro año mas por aqui !!!!

  5. Joa dice:

    Otro año más por aquí , espero que esté año vaya rapidito

  6. Sara dice:

    Buenas noches,otro añito más.
    Este año va a ser todo rapidísimo?

  7. Jose A. dice:

    Este año va bien rápido, ya estoy en C/ Lérida…

  8. Elena dice:

    Buenas a tod@s….otro año más por aquí.Ya queda menos.

  9. Javier dice:

    Buenos días a tod@s alguien me puede ayudar, todos los años cuando solicito el borrador, me sale mejor conjunta, la empiezo ha realizar cambios y cuando meto la deducción por alquiler me dice que en conjunta no se puede, cambio el estado y si me deja meterlo, luego vuelvo a poner conjunta y si me aparece, con algún error pero los omito, y me deja presentarla, es así correcto es que ya no me acuerdo, gracias a todos un saludo y buen día,

    • Mok dice:

      Los datos han de incorporarse en las declaraciones individuales que conforman la conjunta. Las deducciones que correspondan a la conjunta lo hace el programa directamente

  10. mentrida dice:

    Pues si ya estais impacientes;y no a empezado la campaña,no veas cuando se retrasen en los pagos.-.

  11. Conchi dice:

    Buenos días , aquí estamos otro año más . Alguien sabe a qué hora se puede empezar a presentar la declaración el día 6?

  12. Any dice:

    Hola. Yo también por aquí de nuevo. A ver que sale este año… Suerte a todos

  13. ischia dice:

    hola, de nuevo, otro año más, este año aún no está el borrador disponible, imagino que hasta el miercoles 6 que habran la veda, nada de nada…en fin, paciencia

  14. Ely dice:

    Buenos días otro año más por aki aún no deja ver el borrador me imagino que asta el miércoles nada?

  15. Nuria dice:

    Buenos días como puedo hacer para ver mi borrador? Es que no sale, solo me permite ver los datos fiscales

  16. yolanda dice:

    Buenos días!
    Una consulta: Como trabajador en Erte en el año 2021, solicité una ayuda a la Generalitat. En que casilla se ha de declarar, el importe percibido? Muchas gracias.

  17. Rramr dice:

    Buenas alguien sabe como se introduce en el borrador la venta de una vivienda
    Gracias

    • Mok dice:

      Página 15 (I)
      Apartado F2. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales (a integrar en la base imponible del ahorro).

      Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales.

  18. Brusita dice:

    Bien los cambios en la página del borrador de este año. La opción de devolución por la app te divide el pago en dos. Cuando se llega a ese pasó, ahí que irse a web corregir y luego volver a la aplicación. Ojo con esto. Todo lo complicam en vez de simplificarlo.

  19. Brusita dice:

    Buenas tardes, otro año más por aquí. Saludos a todos. Por casualidad hoy me metid en recuadro del borrador mi he conseguido que única opción que te da la app es la devolución en dos partes. Cuando llegas ahí si no quieres el pago en dos partes tienes que salir he irte a la web. Ojo con esto. Estos gente todo lo complica.

  20. pipo dice:

    se puede ver el borrador ya??

  21. Francisco Martín dice:

    Buenos días a tod@s a mí me pasa lo mismo que a Javier, alguien me puede ayudar, todos los años cuando solicito el borrador, me sale mejor conjunta, la empiezo ha realizar cambios y cuando meto la deducción por alquiler me dice que en conjunta no se puede, cambio el estado y si me deja meterlo, luego vuelvo a poner conjunta y si me aparece, con algún error pero los omito, y me deja presentarla, es así correcto es que ya no me acuerdo, gracias a todos un saludo y buen día,

  22. Javier dice:

    Buenas dias me podeis ayudar o e informar, para desgravarme el piso de alquiler en la declaracion conjunta tengo que ponerlo primero como individual y luego cambiar a conjunta muchas gracias un saludo

  23. Javier dice:

    Buenas otro año por aquí…

    Ea !! Pues ya me la han devuelto !!!

    Este año vamos bien ,perfect , ahora a gastarlo !!!!

  24. Ra dice:

    Pues yo lo que estoy pensando que no se si confirmar el borrador el mismo día 6 o esperar a ver si nos va a pasar lo mismo que la pasada campaña que Los primeros que confirmamos se nos alargó , y a mi nunca me habían pagado después de 15 días y el año pasado casi dos meses

    • Marc dice:

      Yo estoy con ese pensamiento, pero a la vez, tras muchos años es la primera vez que ha pasado.

      Todos los demas años, no a los 15 dias, pero si que no se habia alargado mas alla de 1 mes, en cambio este año cobre el 30/12.

      No se, dejando de lado el tema de las duplicidades, que solo ha pasado una vez, todos los años anteriores, no he tenido problema alguno.

    • QuieroMis€ dice:

      Con ese miedo estamos…

  25. Javier dice:

    Buenas tardes de nuevo aquí

Responde

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies