Consulta devolución Renta
Para los que quieran saber como va la devolución de su declaración de renta, Iva o sociedades, se puede consultar desde aquí.
ATENCIÓN!!!: La Agencia Tributaria ha suprimido el servicio de consulta rápida que usabamos en esta web, las alternativas de consulta son dos: o bien através del PORTAL DE SERVICIOS DE RENTA (no requiere certificado digital), o bien através de MIS EXPEDIENTES (con certificado digital) en la sede electrónica. Ponemos los enlaces para su consulta desde aquí para mayor facilidad.
Hemos actualizado las posibles contestaciones del estado de las devoluciones:
1. Su declaración se está tramitando. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores, estando pendiente de revisión por un funcionario.
2. Su declaración se está tramitando, si lo desea puede consultar sus imputaciones mediante la facilidad CONSULTAR DATOS FISCALES y contrastarlas con los datos consignados en la misma. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores. Ya se ha revisado de forma provisional y existe una discrepancia entre los datos declarados y los que Hacienda tiene. No obstante se puede revisar nuevamente por un funcionario y ordenar la devolución si entiende que no hay error o bien hacer un requerimiento al contribuyente para aclarar la situación.
3. Su declaración está siendo comprobada. La declaración ha sido grabada en los sistemas informáticos de hacienda y está pendiente de que un funcionario la revise antes de autorizar la devolución solicitada. Esta situación se puede prolongar hasta seis meses.
4.Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. El pago de su devolución se realizará en XX días hábiles. En este punto la petición de devolución ya ha sido comprobada y no se ha encontrado ninguna irregularidad a priori. No obstante aún no se ha emitido la devolución.
5. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 13/05/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES91-2103-4098-23-*****73766.Es la meta de todo contribuyente. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto. Normalmente toma 1 día en aparecer en la cuenta.
6. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, los órganos de Recaudación han realizado descuentos sobre su devolución. La devolución restante ha sido emitida el día 01/09/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES51-2182-3250-81-*****09038, junto con la comunicación de los descuentos realizados. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto solo parcialmente pues se mantenía una deuda que ha quedado saldada. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda cancelada. Normalmente la devolución de lo que sobra toma 1 día en aparecer en la cuenta.
7. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, se han realizado descuentos sobre su devolución y no resta importe alguno a devolver. La comunicación de los descuentos realizados ha sido emitida el día 16-04-2029. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero no se ha devuelto ya que teníamos una deuda (con el Estado, con alguna comunidad autónoma o ayuntamiento, o incluso con un particular que reclame judicialmente) que era mayor que el importe que nos tenían que devolver, por lo que aún seguimos debiendo dinero. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda y el importe que nos queda por pagar.
Breve explicación del proceso
Las declaraciones SE TRAMITAN en las Delegaciones de Hacienda de vuestra provincia. Se TRAMITAN, se COMPRUEBAN, se RETIENEN…, así que toda demora es achacable a vuestras respectivas Delegaciones.
Una vez TRAMITADAS si no hay discrepancias, o COMPROBADAS si hay datos nuevos que ellos no tienen, pueden pasar DOS COSAS : 1/ Que tengáis deudas con la administración (multas, ibi…) y de vuestra Delegación Provincial ANTES de remitirlas a Madrid para que se os pague, las pasan por RECAUDACIÓN de vuestra provincia y luego a Madrid para que os ingresen la diferencia.
Y 2/ Que no tengáis deudas y después de ser tramitadas y/o comprobadas por vuestra Delegación , pasen a Madrid, Guzmán el Bueno, y MADRID ordena las transferencias.
Por lo demás, todo el proceso es automático, por eso cuando pasa al famoso punto 3, incluso de madrugada, tarde o noche va cambiando el ya también famoso mensaje de ” se pagará en 4 días hábiles, 3 días, 2 días.”
El proceso deja de ser automático cuando, por incluir algún dato nuevo, un alquiler, una nueva deducción, “no casan los datos con el ordenador” y salta el famoso COMPROBANDO que nadie quiere. En ese punto, hay que esperar a que un funcionario de vuestra Delegación mire “manualmente” por qué el ordenador no ha seguido el proceso normal.
Recordar que en la cuenta asignada para la devolución tiene que constar el titular o titulares que solicitan la devolución. Se puede consultar la cuenta de devolución.
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Algun@ que dijo ayer que hoy habria cambios masivos se lucio vamos !!! Hablar por no callar!!
No creo que sea hablar por no callar. Simplemente es lo que era habitual estos años anteriores. Personalmente este año no veo que sigan ese patrón porque la semana pasada el día que más cambios hubo fue el miércoles y esta semana nada de nada. Ninguno somos adivino y creo que se ha dicho ya que los comentarios se hacen en base a lo que ocurrió otros años. Personalmente ya he dicho que no espero nada hasta mitad de mayo aunque hay comentarios de personas que les han dicho en hacienda a partir del 9
Yo en punto 3 mas de una semana. Sabéis si tardan mucho en cambiar en este punto?
seguimos igual sin cambios que asco!!!!!!
Mallorca desde el día 6 nada de nada
Zaragoza día 6 y nada de nada,modificada por familia numerosa
Yo igual de nallorca
Igual desde el 11/04 por +1000 mediante PADRE
Esto huele a «NO HAY PASTA»
Desde el dia 6 esperando MIS!! 2900€
Este gobierno es vergonzoso!!
Por Badajoz nada!!y encima lloviendo!!
Salvo casos aislados esta semana no se mueve del 1 al 3 y ya ni te cuento los que las presentamos el dia 6 y 7 ……. que coño pasa ? Tanto llenarse la boca con que si cuanto primero se confirma antes te devuelven….todo mentira !! Espero que la gente tome nota para las proximas elecciones ( para eso no faltará dinero ) y no se vote a los mismos corruptos y mentirosos de siempre .
En Berga desde el 11/4 punto uno +3000 esto huele muy raro….modificada por minusvalías y hecha en la gestoria……esto es de noticia en el telediario…para que nos ponen la miel en la boca..para que empezar el día seis.. Para agilizar???….Embusteros Mecaguentoloquesemenea….
Alguien +4000 le han devuelto?este año va mu lento esto
Vamos a ver esos movimientos
Por Arganda nada….
Por Burgos nada de nada
Por aquí solo se mueve mi perro…
A alguien de Las Palmas le han devuelto?
Nada, desde el dia 8 sin modificar ni una j…
yo de las palmas y nada de nada
lo de la ayuda de familia numerosa ha resultado ser un timo.
Te lo dan y te lo quitan, asi
de miserables son.
Por que ha sido un timo Montse? Ya te han devuelto la renta? Gracias
A mi me lo ha dado a lo largo del año y luego en la renta no me lo han quitado. Eso si sigo en tramitandose desde el 7/04
Es exactamente lo mismo que la deducción por maternidad. Hacienda no regala nada. Es una deducción que cobras anticipadamente, y que luego no vas a volver a cobrar. Es un timo? Pues no lo se. Eso dependerá de la valoración de cada uno. Existe la opción de no cobrarla y no desgravarse.
Pero lo que está claro, es que lo que Hacienda te da, Hacienda te lo quita. Ni más ni menos.
Me parece que es ridículo lo que leo aquí.
Hacienda no quita nada. Si tienes derecho a la deducción vas a tener tus 1200 euros y en tu mano está elegirlo mes a mes o ahora en la declaración.
Lo que está claro es que si elegiste mes a mes no te lo van a dar ahora otra vez en la renta.
Yo creo que a veces se confunden los términos. La deducción por maternidad o familia numeros, NO es una ayuda de hacienda. Por eso hay que incluirla en la declaración. Una ayuda es una beca, no contributiva, en la mayoría de los casos. Lo que significa que NO hay que declararla.
Si se solicita la devolución ANTICIPADA de la deducción por maternidad o FN, posteriormente en la declaración sale como que ya lo has cobrado, por tanto, no computa a efectos de la devolución.
Yo creo que hay personas, que creen que les «regalan» esos 100 euros mensuales, y que luego les dan otros 1200 en la declaración. Y esto no es así.
Exacto.
A ver pensemos lo que estamos diciendo. Lo que tú propones es deducirte 2400 euros, los 1200 que cobraste anticipadamente, y otros 1200€ que pretendes introducir en la declaración. Si los cobraste anticipadamente es lógico que en la declaración apliques la deducción de 1200€, pero al mismo tiempo debas declarar que esos 1200€ los cobraste anticipadamente. Nadie te quita los 1200 euros que cobraste anticipadamente. Simplemente en la la auto liquidación del impuesto no te permiten aplicar una nueva deduccion de 1200€, que implicaría 2400€.
Algún cambio hoy?
Declaraciones presentadas en Poblenou (Barcelona):
– 08/04 (mía): 2490 euros: su declaración está siendo comprobada.
– 08/04 (mi marido): 504 euros, aceptar borrador. Cobrada el 18/04.
– 08/04 (mi tia): 1318 euros: añadir los 1200 euros por hija con discapacidad. Tramitándose.
Así que por experiencia, cada una es distinta, y solo se ha devuelto la más baja cantidad y confirmando directamente borrador. Las otras dos están paralizadas, siendo todas del mismo día.
Desde el dia 7 sin modificar nada y seguimos en punto 1 ,pero que poca verguenza por dios
Hoy sin cambios desde el 11 presentada
A las 12.07 horas sin cambio. Presentada el día 06 y en el punto 2.
Haber si tenemos suerte y a las doce empiezan a mover las del dia 6
En Arganda no se mueve ni el viento.
Yo tambien soy de la delegacion de arganda es de vergyenza
Acabo de pasar al punto 3.
Murcia.
Un saludo.
Enhorabuena, algo se mueve!
Cuando la presentaste? A quien le cambie del 1 al 3 por favor que diga el dia que la presentó . Gracias
Tienes razón Gonzalo.
Pues mi historia es un poco rara. La presente el 6/4 con un error importante y solicité la anulación de la misma unos días después. Me anularon ésta hace una semana y ayer la volví a presentar corregida.
Cuando ya esperaba que tardase mucho por todo el lio me encuentro con el cambio hoy. Cada vez entiendo menos.
Un saludo.
HA SIDO AHORA MISMO?
La mía y la de mi marido confirmadas el día 7. La mía cobrada hace 15 días, la de mi marido en punto 1 desde entonces. Delegación de Torrejón de Ardoz. Tengo claro que no hay un criterio. Es pura suerte
Si te consuela, yo presenté la mía el día 6, y sigo en el 1, presenté la de mi señor esposo una semana después, y a los 4 días le pagaron. Claro, que le devolvían una ridiculez…
Es grabar no gravar. el artículo salvo ese error es bueno
Hola, en el enlace de pedir cita previa, le doy y me pone que ud no puede pedir cita previa porq » ha superado el volumen de rentas definido para el servicio de cita previa para la renta»
Alguien sabe q significa eso?
Creo que sólo se pueden pedir máximo dos citas previas para renta.
pero si es que yo no pedí ninguna!!
O que no cumples algo de esto:
– No tener rentas del trabajo superiores a 65.000 euros.
– No tener rentas del capital mobiliario de más de 15.000 euros.
– No ejercer actividades económicas en régimen de estimación directa.
– No haber realizado más de dos transmisiones patrimoniales.
– No tener más de un inmueble arrendado.
– No tener rentas derivadas de regímenes especiales, salvo imputaciones de rentas inmobiliarias.
– No se confeccionarán declaraciones complementarias de años anteriores.
Hombre…alguna no la cumplo! pero por eso no tengo derecho a pedir cita previa??
Eso parece
http://cincodias.com/m/cincodias/2016/03/18/economia/1458293289_325225.html
Quizá tienes alguna venta de vivienda? O algo de eso? De todas formas, sigue intentándolo, que viendo cómo funciona la web, lo mismo está dando algún error.
Igual la estás pidiendo en el modo de conjunta? No sé, se me ocurre algo así.
gracias Elke
😉
En efecto poco vais a conseguir llamando o incluso yendo a la delegación.
Hace 3 años yo lo cobré el 2 de enero y las veces que llamé y la que me acerqué la respuesta fue la misma. Tienen hasta el 31 de diciembre, no para pagarte, si no para no tener que pagar intereses de demora, pero por decirlo de alguna forma no tienen ni siquiera fecha obligatoria (o al menos no es esa del 31 de diciembre).
Y la declaración no se movió ni un milímetro, es decir, ni estaba mal hecha, ni tuve que cambiar nada, ni me requirieron nada, etc… tal y como la presente se tramitó.
Por cierto, lo intereses por el día de demora fueron la friolera de 0,48 euros, así que ya me diréis lo que le preocupa el tema…
SI, los intereses son para ponerlos a plazo fijo.
Los intereses son dignos de una cuenta en Suiza, como mínimo.
y hoy no parece que esto se vaya a mover mucho.PACIENCIA,
Es que todos los que estamos aqui somos del primer o segundo dia,y encima no nos pone nada de que estan revisandolas,eso es que diran por ansiosos que esperen