Consulta devolución Renta
Para los que quieran saber como va la devolución de su declaración de renta, Iva o sociedades, se puede consultar desde aquí.
ATENCIÓN!!!: La Agencia Tributaria ha suprimido el servicio de consulta rápida que usabamos en esta web, las alternativas de consulta son dos: o bien através del PORTAL DE SERVICIOS DE RENTA (no requiere certificado digital), o bien através de MIS EXPEDIENTES (con certificado digital) en la sede electrónica. Ponemos los enlaces para su consulta desde aquí para mayor facilidad.
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Hemos actualizado las posibles contestaciones del estado de las devoluciones:
1. Su declaración se está tramitando. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores, estando pendiente de revisión por un funcionario.
2. Su declaración se está tramitando, si lo desea puede consultar sus imputaciones mediante la facilidad CONSULTAR DATOS FISCALES y contrastarlas con los datos consignados en la misma. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores. Ya se ha revisado de forma provisional y existe una discrepancia entre los datos declarados y los que Hacienda tiene. No obstante se puede revisar nuevamente por un funcionario y ordenar la devolución si entiende que no hay error o bien hacer un requerimiento al contribuyente para aclarar la situación.
3. Su declaración está siendo comprobada. La declaración ha sido grabada en los sistemas informáticos de hacienda y está pendiente de que un funcionario la revise antes de autorizar la devolución solicitada. Esta situación se puede prolongar hasta seis meses.
4.Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. El pago de su devolución se realizará en XX días hábiles. En este punto la petición de devolución ya ha sido comprobada y no se ha encontrado ninguna irregularidad a priori. No obstante aún no se ha emitido la devolución.
5. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 13/05/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES91-2103-4098-23-*****73766.Es la meta de todo contribuyente. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto. Normalmente toma 1 día en aparecer en la cuenta.
6. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, los órganos de Recaudación han realizado descuentos sobre su devolución. La devolución restante ha sido emitida el día 01/09/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES51-2182-3250-81-*****09038, junto con la comunicación de los descuentos realizados. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto solo parcialmente pues se mantenía una deuda que ha quedado saldada. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda cancelada. Normalmente la devolución de lo que sobra toma 1 día en aparecer en la cuenta.
7. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, se han realizado descuentos sobre su devolución y no resta importe alguno a devolver. La comunicación de los descuentos realizados ha sido emitida el día 16-04-2029. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero no se ha devuelto ya que teníamos una deuda (con el Estado, con alguna comunidad autónoma o ayuntamiento, o incluso con un particular que reclame judicialmente) que era mayor que el importe que nos tenían que devolver, por lo que aún seguimos debiendo dinero. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda y el importe que nos queda por pagar.
Breve explicación del proceso
Las declaraciones SE TRAMITAN en las Delegaciones de Hacienda de vuestra provincia. Se TRAMITAN, se COMPRUEBAN, se RETIENEN…, así que toda demora es achacable a vuestras respectivas Delegaciones.
Una vez TRAMITADAS si no hay discrepancias, o COMPROBADAS si hay datos nuevos que ellos no tienen, pueden pasar DOS COSAS : 1/ Que tengáis deudas con la administración (multas, ibi…) y de vuestra Delegación Provincial ANTES de remitirlas a Madrid para que se os pague, las pasan por RECAUDACIÓN de vuestra provincia y luego a Madrid para que os ingresen la diferencia.
Y 2/ Que no tengáis deudas y después de ser tramitadas y/o comprobadas por vuestra Delegación , pasen a Madrid, Guzmán el Bueno, y MADRID ordena las transferencias.
Por lo demás, todo el proceso es automático, por eso cuando pasa al famoso punto 3, incluso de madrugada, tarde o noche va cambiando el ya también famoso mensaje de ” se pagará en 4 días hábiles, 3 días, 2 días.”
El proceso deja de ser automático cuando, por incluir algún dato nuevo, un alquiler, una nueva deducción, “no casan los datos con el ordenador” y salta el famoso COMPROBANDO que nadie quiere. En ese punto, hay que esperar a que un funcionario de vuestra Delegación mire “manualmente” por qué el ordenador no ha seguido el proceso normal.
Recordar que en la cuenta asignada para la devolución tiene que constar el titular o titulares que solicitan la devolución. Se puede consultar la cuenta de devolución.
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Subastas de la Agencia Tributaria
Guia fácil Renta 2010
Guia Facil Renta 2011
Guia Facil Renta 2012
Guia Facil Renta 2013
Manual renta 2010
Manual Renta 2011
Manual Renta 2012
Manual Renta 2013
Manual Renta 2015
Programa Padre 2014
Referencia Catastral
Declaración presentada…..a esperar
Presentada, ahora a esperar
Hola, buenas tardes, ya presentada, crucemos los dedos y que nos devuelvan pron to a todos.
Si en los datos fiscales aparece la cantidad devuelta de la clausula suelo. Está incluida en el borrador de la declaración? alguien lo sabe?
Gracias y suerte
Está incluida el total de la devolución de cláusulas suelo hechas en 2017.
Solo se tiene que declarar el 15% desde el 2013, las anteriores han prescrito.
De este 15% tienes que poner la mitad en la casilla 539 parte estatal, y la otra mitad en la 542 parte autonomica.
Solo de las cantidades devueltas desde 2013, sin los intereses.
Saludos.
El banco suele mandar una carta con las cantidades correspondientes de cada año, si no la tienes, ve al banco y te la dan.
Hacienda tiene el total sin intereses, de todos los años, hasta las prescritas.
Saludos.
Si el préstamo hipotecario está a nombre del cónyuge y la haces conjunta tendrás que dividir ese 15% entre los dos, y hacer lo mismo, la mitad a la casilla 539, y la otra mitad a la 542.
Saludos.
No te entiendo!!
Para q me expliques como los tontos por fi.
Año 2013 clausula
1.160.08 y la hago conjunta q pongo
Roberto, ayuda. En el borrador, supuestamente está incluido la cláusula suelo??? Yo tengo q hacer algo??? Puedo confirmarlo???
En el borrador no, está en datos fiscales.
Hay que ver los años y hacerle el 15% a esa cantidad.
Y meterla a mano.
Pregunta?
Donde miro eso???
Gracias Roberto.
La cantidad que me ha devuelto el banco es anterior a 2013, por lo tanto entiendo que no debo poner nada en la declaración.
Un saludo.
Así es, está prescrita.
Saludos.
Roberto pero entonces está incluida la cantidad total en el borrador sin tener en cuenta los años?perdona
En el borrador no está incluida.
Está en datos fiscales.
Está incluido el total que te han devuelto en 2017, da igual a qué año corresponda.
Saludos.
Estoy mirando que lo que me devolvió mi banco es anterior al año 2013 entonces no estoy obligada a incluirlo aunque me lo ponga en datos fiscales?gracias
No, hay que meterla a mano.
Como??? En q casillas????
Primero, tienes el desglose por años devuelto?
Siiii
Siii y los intereses por año
María, te dejo este enlace dónde se explica cómo hacerlo ,
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3846825-declaracion-devolucion-clausula-suelo-renta-2017-campana-2018
Saludos.
De qué año a qué año tienes de devolución ?
Solo de cantidades abonadas de más , el interés indemnizarlo no hay que meterlo, hacienda tampoco lo tiene.
No.
Tienes que meterlo tu.
Saludos.
No.
presentada, sevilla, suerte en la devoluciones
hola! una pregunta: si las casillas 648 y 517 parte autonomica de la deducciónpor vivienda, viene incorrecta… como puedo modificarlo? No me deja… Gracias!
Presentada desde renta web,desde la app no he podido
Presentada dsde bcn, me pone tramitando
Suerte a todos
Presentada. El año pasado la cobre en septiembre, después de un baile entre comprobando y tramitando. Haber si este año va la cosa más rápida.
Hola, ayuda!!! Miro el borrador en PDF y me sale borrador no válido para su presentación. Pero luego si lo puedo confirmar. Alguien puede ayudar?????
Lo que miras y te pone una marca de agua por encima es una previsualizacion. Tienes que presentarla y es entonces cuando te genera la declaración.
Muchas gracias
Presentada desde el ordenador. Tambien se puede. Suerte a todos.
HOLA UNA PREGUNTA
PORQUE ME DICE AL PONER EL DNI USUARIO BLOQUEADO
Hola a mí también me lo pone y no sé el porqué.
teneis deudas embargos, etc
Presentada y aceptada,esta noche comprobará si la han aceptado–suerte
Los que ya lo han presentado, Nadir tenía que meter nada de la cláusula suelo???? Alguien q entienda ????????
Actualizado, lee más arriba.
Saludos.
Presentada desde tarragona
Presentada!
Te incluyen ellos en la declaración la cláusula suelo o tengo yo q hacer algo????
La suerte está echada. Presentada. Suerte a todos.
Hola otro año más por aquí. Con esto de la devolución de la cláusula suelo no me entero. Sabéis qué cantidad se debe declarar y la casilla.
Si por favor informar de algo, yo estoy igual. Ya he visto mi borrador pero no sé si puedo confirmarlo
Pues tener cuidado pk mi borrador esta mal echo
Presentada! Desde la app IOS sin problemas. “su declaración se está tramitando”
El año pasado cuando empezaron a pagar?
A las 48 horas
Desde la web ya se puede,yo ya la revise y presentada,haber si hay suerte y no tarda????
Entras en la aplicación.
Pica en renta 2017, presentar declaración se abre una pestaña que te dice que hasta el día 4 no se puede acceder, te da dos opciones, aceptar o ir a renta web, le das a renta web y se abre ru borrador para confirmar
explicar paso a paso que yo no lo veo por donde lo haceis gracias.
Hazlo normal chechu… ya no es necesario ir via web.. direcatmente desde la app del movil.