Category: Agencia Tributaria

La importancia de actualizar los datos personales en Hacienda

datos fiscales
La polémica que hemos vivido este año con los errores del borrador ha sido debida entre otros factores a que Hacienda no suele tener nuestros datos personales actualizados si estos cambian de un año para otro. Pongamos un ejemplo, si en este año tenemos un hijo y no comunicamos el nacimiento a la Agencia Tributaria, cuando nos remitan el borrador el año que viene nos encontraremos con que el mismo estará mal hecho, porque no podremos “deducir” por la criatura.

Otro problema que se suele plantear es que Hacienda no nos pueden localizar cuando lo necesita. Éste tipo de situaciones suelen pasar con personas que han cambiado de domicilio por circunstancias de trabajo, personales, etc. Lo que ocurre en estas situaciones es que hacienda nos manda cualquier comunicación y las cartas se devuelven. Si el asunto es importante (y resulta algún dinero o derecho en favor de hacienda) lo normal es que la publicación en el boletín oficial del estado surta como notificación, sin que nos hallamos enterado finalmente del asunto.

Para evitarlo podemos (y debemos) usar dos modelos que están previstos para estas situaciones. El primero de ellos es el modelo 030 que sirve para comunicar tanto el cambio de domicilio (a los no empresarios o profesionales) como el cambio de la circunstancias personales (matrimonios, nacimientos, fallecimientos, etc.) de todas las personas.

El segundo modelo es el modelo 036 que sirve para la modificación del domicilio (así como para otro tipo de comunicaciones) de los empresarios y profesionales.

Ambos modelos son de carácter personal, es decir que cada miembro de la unidad familiar deberá presentar un modelo para comunicar por ejemplo el cambio de domicilio. No obstante en caso de matrimonio servirá la presentación de un solo modelo firmado por ambos cónyuges.

MODELO 030 [download#9#image]  MODELO 036 [download#10#image]

 

Los inspectores de Hacienda achacan la bajada de la recaudación a un mayor fraude

La IHE (organización profesional de inspectores de Hacienda del Estado) ha atribuido la bajada de la recaudación de determinados impuestos como el IVA y el IMPUESTO DE SOCIEDADES a un aumento en el fraude fiscal.

Y es que para esta asociación no parece existir la crisis, más bien parecen entender que los contribuyentes deberían seguir ingresando las mismas cantidades de IVA pese a la bajada escandalosa del consumo.  La solución para esa bajada de ingresos que propone la asociación de inspectores que se está defraudando sería entre otras la dotación de más personal a la Agencia Tributaria, el endurecimiento del delito fiscal y la creación de una policía fiscal para la persecución del fraude.

Sería de agradecer que también propusieran algo que funcionara para salir de la crisis económica y hacer que el pais funcione, crezca la economía y por ende la recaudación.

Programa de módulos 2008.

400 eurosLa Agencia Tributaria ha liberado la versión 2.00 de su programa de cálculo de los pagos a cuenta de renta e iva de los empresarios que tributan en estimación objetiva (módulos) de 2008.  Read more »

Nuevos modelos 130 y 131 de pagos a cuenta de la declaración de la renta

400 euros

 

Hacienda ha confeccionado y puesto a disposición de todos los profesionales y empresarios unos nuevos modelos de para la confección y realización de los pagos a cuenta de la declaración de la renta tanto de empresarios en el sistema de módulos (modelo 131), como de empresarios en el sistema de estimación directa simplificada y normal (modelo 130).   El motivo de dicha modificación era que había que adaptarlos antes del día uno de julio para que se contemplara la deducción de los cuatrocientos euros a la hora de aplicar la nueva deducción por parte de los empresarios y profesionales.

El sustento legal para dicha modificación está en la Orden EHA/1796/2008, de 19 de junio, por la que se modifica la Orden EHA/672/2007, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos 130 y 131 para la autoliquidación de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Lo curioso del asunto es que los modelos estaban colgados en la página web de Hacienda antes de que saliera la Orden que los regula ¿premonición?.

La descarga de los modelos se pueden hacer desde aquí:

MODELO 130

[download#6#image]

MODELO 131

[download#7#image]

Programa INFORMA, información tributaria on-line

informa aeatLa Agencia Tributaria tiene una base de datos pública para que cualquier contribuyente pueda conocer cuales son los criterios que la administración sigue para interpretar una determinada norma fiscal.  El nombre de dicha base de datos tributaria es INFORMA, y es totalmente gratuita.  Dicha base de datos puede consultada desde aquí.

Para ello tendremos que elegir entre cinco formas de búsqueda:

  1. Busqueda por títulos y capítulos. Nos va llevando por un sistema de «arbol-tesauro» a los datos que nos interesan.  Por ejemplo si estamos interesados en conocer el concepto de vivienda para aplicar la deducción por adaquisición de vivienda tendríamos que hacer este recorrido: marcar esta casilla, y presionar aceptar, seguidamente marcaríamos: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS, LEY 35/2006 —>  DEDUCCIÓN INVERSIÓN VIVIENDA HABITUAL —–>  ADQUISICIÓN VIVIENDA: CONSTRUCCIÓN, AMPLIACIÓN, REHABILITACIÓN —–>  126864-VIVIENDA HABITUAL: CONCEPTO.   En este punto ya tendríamos la respuesta.
  2. La segunda posibilidad es busqueda por texto libre.   La busqueda equivale a tener unas comillas puestas, por lo que no podemos pretender buscar como en google. Por ejemplo no podemos poner «deducción por vivienda» por que el resultado será 0; sin embargo si podemos poner «vivienda» e ir seleccionando en los resultados.
  3. El acceso por número de referencia es el más simple y drecto, pero requiere que sepamos de antemano el número de una consulta conreta. Por ejemplo, en el primer caso el número es el 126864.
  4. Por último marcando la opción novedades nos muestra las últimas preguntas que se han añadido a la base de datos.

Información sobre la devolución de los 400 euros. Descarga del programa

400 EUROS 

La medida de la mal llamada devolución de los 400 euros (ya explicaré por qué) ha sido puesta en vigor con la probación del Real Decreto-ley 2/2008, de 21 de abril, de medidas de impulso a la actividad económica (BOE del 22). Se establece una nueva deducción de la cuota líquida del IRPF, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2008 (para la renta del año que viene: renta 2008), cuya cuantía es de «hasta 400 euros anuales» y que va a poder ser aplicada únicamente por las personas que tengan rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

Mucho se ha hablado de que el Gobierno iba a devolver 400 € de los impuestos que ya habíamos pagado, pero la realidad ha desmentido esta afirmación, ya que el sistema que se ha empleado consiste en «perdonar» 400 € de los impuestos que tenemos que anticipar al gobierno, ya sea mediante las retenciones que soportamos en el trabajo o ya sea mediante los ingresos a cuenta que tenemos que abonar los que tenemos rendimientos de actividades empresariales o profesionales.

Para anticipar esa deducción (que no devolución) el Consejo de Ministros ha aprobado el día 23 de mayo un Real Decreto que establece los mecanismos para que el importe de dicha deducción empecemos a notarlo ya.   Para ello se ha establecido que en las nóminas y pensiones correspondientes al mes de julio los pagadores dejen de retener 200 € para qué los perceptores de dichas rentas puedan tener ya anticipado ese dinero de la deducción. El resto del dinero se anticipa de aquí a final de año por el mismo mecanismo. Para las rentas de actividades empresariales y profesionales se ha establecido un mecanismo análogo al anterior, pudiéndose deducir 200 € en el segundo pago trimestral y 100 € en los trimestres tercero y cuarto de este año. En ambos casos las cantidades que no se puedan deducir en un periodo pasarán a poder deducirse que el período siguiente de tal forma que por ejemplo un trabajador que en la nómina de junio soporte una retención inicialmente de 140 € la empresa que le paga no se verá obligado a retener la cantidad alguna en el mes de junio, y podrá compensar esos 60 € de diferencia en la nómina de julio a la que se añadirá el porcentaje correspondiente a ese mes.

Conviene destacar lo siguiente:

  1. Al haberse establecido sus efectos a partir del día 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de la Declaracion de Renta 2007.
  2. Sólo resultará aplicable a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma que aprueba la deducción.
  3. Se configura como una deducción de la cuota líquida del IRPF.  El establecimiento de esta forma deducción (que es distinta de la deducción por maternidad por ejemplo) ha suscitado muchas críticas ya que se estima que más de un millón de contribuyentes que ahora se van a beneficiar de esta devolución se verán obligados a reintegrar al Estado estas cantidades cuando hagan su declaración de renta en mayo del 2009.

La agencia tributaria está enviando a las empresas y profesionales una carta en la que explican las modificaciones en relación a las retenciones y pagos fraccionados, y como ponerlas en práctica de forma inmediata. De igual forma se ha confeccionado un programa informático para ayudar a las empresas a calcular las retenciones correspondientes al segundo semestre de este año.

El programa informático para el cálculo de la deducción de los 400 € puede descargarse desde este enlace:

[download#5#image]

 

Manual de la renta 2007

La Agencia Tributaria ha publicado el manual de ayuda para la renta 2007.   El manual se puede descargar por internet en formato PDF y tiene 770 páginas.  Consta de una meticulosa explicación del impuesto y de la interpretación de la Agencia Tributaria sobre el mismo.  El manual dedica un capítulo al Impuesto sobre el Patrimonio.

Tiene un índice analítico y un completo apendice normativo que incluye tanto la legislación estatal como la autonómica con repercusión en este impuesto. 

Si desea guardar el manual en su ordenador para su posterior consulta pique con el botón derecho del ratón sobre el icono de descarga y dele a «guardar como …» eligiendo a continuación la carpeda donde desea guardarlo. 

[download#3#image]

Manual del programa de ayuda para la renta 2007

renta 2007La Agencia Tributaria ha editado un completo manual de 594 páginas para explicar el funcionamiento del programa de ayuda para realizar la declaración de renta del ejercicio 2007.  Es más que recomendable tenerlo a mano dado que estudia al detalle cada posibilidad que ofrece el programa de ayuda.  También dedica un capítulo a la declaración del impuesto sobre el patrimonio, aunque de forma notablemente más reducida que al IRPF.   Por último viene muy bien ojear el capítulo referente a la presentación telemática de declaraciones que es cada vez más usado por los contribuyentes.

[download#1#image]

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies