Consulta devolución Renta

Para los que quieran saber como va la devolución de su declaración de renta, Iva o sociedades, se puede consultar desde aquí.


ATENCIÓN!!!: La Agencia Tributaria ha suprimido el servicio de consulta rápida que usabamos en esta web, las alternativas de consulta son dos: o bien através del PORTAL DE SERVICIOS DE RENTA (no requiere certificado digital), o bien através de MIS EXPEDIENTES (con certificado digital) en la sede electrónica. Ponemos los enlaces para su consulta desde aquí para mayor facilidad.

Hemos actualizado las posibles contestaciones del estado de las devoluciones:

1. Su declaración se está tramitando. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores, estando pendiente de revisión por un funcionario.
2. Su declaración se está tramitando, si lo desea puede consultar sus imputaciones mediante la facilidad CONSULTAR DATOS FISCALES y contrastarlas con los datos consignados en la misma. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores. Ya se ha revisado de forma provisional y existe una discrepancia entre los datos declarados y los que Hacienda tiene. No obstante se puede revisar nuevamente por un funcionario y ordenar la devolución si entiende que no hay error o bien hacer un requerimiento al contribuyente para aclarar la situación.
3. Su declaración está siendo comprobada. La declaración ha sido grabada en los sistemas informáticos de hacienda y está pendiente de que un funcionario la revise antes de autorizar la devolución solicitada. Esta situación se puede prolongar hasta seis meses.
4.Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. El pago de su devolución se realizará en XX días hábiles. En este punto la petición de devolución ya ha sido comprobada y no se ha encontrado ninguna irregularidad a priori. No obstante aún no se ha emitido la devolución.
5. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 13/05/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES91-2103-4098-23-*****73766.Es la meta de todo contribuyente. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto. Normalmente toma 1 día en aparecer en la cuenta.
6. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, los órganos de Recaudación han realizado descuentos sobre su devolución. La devolución restante ha sido emitida el día 01/09/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES51-2182-3250-81-*****09038, junto con la comunicación de los descuentos realizados. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto solo parcialmente pues se mantenía una deuda que ha quedado saldada. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda cancelada. Normalmente la devolución de lo que sobra toma 1 día en aparecer en la cuenta.
7. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, se han realizado descuentos sobre su devolución y no resta importe alguno a devolver. La comunicación de los descuentos realizados ha sido emitida el día 16-04-2029. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero no se ha devuelto ya que teníamos una deuda (con el Estado, con alguna comunidad autónoma o ayuntamiento, o incluso con un particular que reclame judicialmente) que era mayor que el importe que nos tenían que devolver, por lo que aún seguimos debiendo dinero. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda y el importe que nos queda por pagar.

Breve explicación del proceso

Las declaraciones SE TRAMITAN en las Delegaciones de Hacienda de vuestra provincia. Se TRAMITAN, se COMPRUEBAN, se RETIENEN…, así que toda demora es achacable a vuestras respectivas Delegaciones.

Una vez TRAMITADAS si no hay discrepancias, o COMPROBADAS si hay datos nuevos que ellos no tienen, pueden pasar DOS COSAS : 1/ Que tengáis deudas con la administración (multas, ibi…) y de vuestra Delegación Provincial ANTES de remitirlas a Madrid para que se os pague, las pasan por RECAUDACIÓN de vuestra provincia y luego a Madrid para que os ingresen la diferencia.
Y 2/ Que no tengáis deudas y después de ser tramitadas y/o comprobadas por vuestra Delegación , pasen a Madrid, Guzmán el Bueno, y MADRID ordena las transferencias.

Por lo demás, todo el proceso es automático, por eso cuando pasa al famoso punto 3, incluso de madrugada, tarde o noche va cambiando el ya también famoso mensaje de ” se pagará en 4 días hábiles, 3 días, 2 días.”

El proceso deja de ser automático cuando, por incluir algún dato nuevo, un alquiler, una nueva deducción, “no casan los datos con el ordenador” y salta el famoso COMPROBANDO que nadie quiere. En ese punto, hay que esperar a que un funcionario de vuestra Delegación mire “manualmente” por qué el ordenador no ha seguido el proceso normal.


Recordar que en la cuenta asignada para la devolución tiene que constar el titular o titulares que solicitan la devolución. Se puede consultar la cuenta de devolución.

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67.466 comentarios a “Consulta devolución Renta”

  1. anakonda dice:

    buenas tardes,otro año mas,por aqui,espero que todo sea agil,y muy buena la informacion de la casilla 490 PEDIR EL BORRADOR,hasta ahora.

  2. fiti dice:

    Buenas, sabéis si la cuota de la mutua (en mi caso sanitas) desgrava en algo?

  3. Inmi dice:

    Hola otro año por aqui, alguien sabe decirme si han quitado lo de las rentas exentas por trabajar en el extranjero? Me han mandado la hoja de retenciones de la empresa pero esa casilla me viene en blanco sin embargo la del año pasado no

  4. Gran canaria dice:

    Mi contrato de alquiler es del 2012 pero renovados años tras año, sigo en la misma casa desde 2012 pero renovando cada año en abril, eso no importa no? Osea que puedo incluirlo en la declaracion no??

  5. elysa dice:

    buenas tardes. firme mi contrato de alquiler en 2004 y desde entonces sigo de alquiler con las mismas circunstancias en el mismo piso. hasta el año pasado lo he estado desgrando todos los años y queria saber si este año tambien podre. comento q desde el 2004 no hemos hecho renovacion de contrato en papel sino de forma verbal todos los años.

    • F&V Asesores dice:

      Buenas tardes, elysa. Puedes seguir desgravando tu alquiler como venías haciendo hasta ahora.

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    • jose de sevilla dice:

      desde el 2015 en adelante los alquileres no se desgravan

      • F&V Asesores dice:

        Buenas tardes, jose de sevilla. No se desgravan los alquileres firmados a partir de 2015. Los que ya estaban vigentes siguen con su desgravación.

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  6. laura dice:

    hola, una pregunta, si en octubre del año pasado compre un coche nuevo y el descuento que me realizaron no fue plan PIVE sino promoción del concesionario tengo también que declararlo? Y si como parte de pago entregue mi coche viejo, el dinero que me descontaron también? Gracias!!

    • F&V Asesores dice:

      Buenas tardes, laura. Si es una promoción del concesionario es menor valor del vehículo y por tanto no tienes que declararlo, pero has de estar segura que fue exactamente así. El tema del vehículo usado en principio no tributa IRPF salvo que te hicieran factura de esa venta, que no es lo normal.

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      • laura dice:

        Muchas gracias F&V Asesores por su respuesta. En relación a la promoción en el presupuesto de la compra pone PROMOCIÓN, además mi vehículo viejo sólo tenía 9 años, así que no puede ser plan PIVE no? Y de la venta d mi coche sólo me dieron un papel que era contrato compra-venta, en ningún momento recibí el dinero, me lo descontaron del precio del coche nuevo. Gracias de nuevo

  7. Gran canaria dice:

    Hola a todos!! Una pregunta que tengo una duda este año por lo visto me he enterado que han quitado el incluir el alquiler en las declaraciones, yo llevo en alquiler desde 2012, mi pregunta es ya no puedo incluir el alquiler en la declaración o si podría y es solo para los nuevos alquileres? Muchisimas gracias un saludo

    • Luis M dice:

      Hola! Creo que lo han quitado para los alquileres firmados desde Enero del 2015. Si tu contrato es del 2012 puedes deducirlo en tu declaración.

    • laura dice:

      Buenas tardes, si no tengo entendido mal son para los nuevos contratos de alquiler, los de años anteriores al 2015 pueden seguir declarándose. Un Saludo

    • F&V Asesores dice:

      Buenas tardes, Gran canaria. Como dicen Luis M y laura, si ya tenías el contrato firmado con anterioridad, puedes seguir deduciéndote el alquiler como hasta ahora.

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  8. Athor dice:

    Hola a todos, os comento, me jubile el año pasado en el mes de junio, o sea, tengo dos paqadores, esto me perjudica un saludo

    • F&V Asesores dice:

      Buenas tardes, Athor. Te perjudica en cuanto a que estás obligado a hacer la declaración. Dependiendo de las retenciones que hayas tenido en tu pensión podría incluso salirte a pagar.

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  9. emma dice:

    buenas! otro año más por aqui. Este año sin gobierno da un poco de miedo no? Espero q no sea excusa para retrasar el dinerito. Este año me toca incluir el plan pive asi q supongo q se me retrasará más de lo habitual. En fin, suerte a todos!

    • toni dice:

      A mi aún no me han pagado la del año anterior y había un partido político gobernando en ese momento.

      • emma dice:

        si a mi me deben una parte ( tuve que hacer reclamación, y después de un año me contestan de que faltan papeles! cuando llevo desgravando hipoteca desde hace 10 años…!) En fin,solo espero que paguen rapidito q nos hace falta la pasta, no estamos como ellos tan ricamente

  10. Ana Maria dice:

    Buenos dias a todos.Otro año más esperando que las devoluciones sean esta rapidas. Abrazos para todos.

  11. Gran canaria dice:

    Hola chicos ya estamos por aquí un año mas, queria haceros una pregunta por si alguien podría ayudarme, resulta que yo pedi un prestamo al banco personal de 3000€! En diciembre tendria que meterlo en la declaración o no haría falta?? Muchisimas gracias por la ayuda y un saludo desde las palmas!

    • F&V Asesores dice:

      Buenos días, Gran canaria:
      No hay ninguna deducción para los préstamos personales, como sí ocurre con los hipotecarios. No tienes que incluir este préstamo en tu declaración.

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  12. chechu82u dice:

    Buenas tardes ya estamos impacientes porque den el pistoletazo de salida, aparecera el funcionario como otros años

  13. SERA dice:

    Un año mas por aquí, espero que el nuevo sistema funcione bien y no se retrasen las devoluciones de lo que es nuestro

  14. erpaco dice:

    Bueno, comienza la cuenta atrás,, otro año por aquí,,,

  15. lupita dice:

    Hola a todos. El 6 empieza la andadura de este año. Supongo que el día 5 a las 0 horas se podrá ya pedir el borrador y confirmar, el año pasado fue así.
    Un saludo y suerte.

  16. Elisabeth dice:

    Ojalá vaya rápido como el año pasado confirme un miércoles y el sábado dinero en cuenta

  17. Conejero dice:

    hola ,hola, rehola.

  18. tío pepe dice:

    Damas y caballeros un saludo a todos y de nuevo por aquí, en la rampa de salida esperando el pistoletazo para arrancar una nueva edición llamada la gran hermano Hacienda.

  19. jose de sevilla dice:

    Los contribuyentes rellenarán su declaración de la Renta a través de un nuevo sistema online que permitirá que el contribuyente complete sus datos fiscales y los guarde directamente en el servidor de la Agencia Tributaria, de forma que podrá retomarlos cuando desee. El sistema sugerirá con mayor fidelidad el borrador para cada contribuyente. También elevará la eficiencia del procedimiento para Hacienda y lo hará más intuitivo para al ciudadano, hasta el punto que se acelerarán las devoluciones para algunos colectivos. El contribuyente podrá realizar la declaración de la Renta desde cualquier dispositivo –PC, teléfono móvil o tablet–. Todos los contribuyentes deberán utilizar el nuevo modelo, salvo aquellos que obtengan rendimientos de actividades económicas, es decir, autónomos, que cumplimentarán sus datos fiscales mediante el Programa PADRE.

    «El Renta Web dibuja dos tipos de contribuyentes: los asalariados y los autónomos. El nuevo sistema para los primeros, porque es más intuitivo y fácil de manejar. Con el nuevo modelo, la Agencia Tributaria pretende generalizar el borrador de forma que la propuesta sea la más ajustada al estricto pago de la cuota tributaria. Lo que querría aplicar la Agencia Tributaria es el sistema de liquidación de la Seguridad Social, pero a diferencia de este último la declaración de la Renta es un modelo de autoliquidación: es el ciudadano el que lo cumplimenta», describe Juan Carlos Berrocal, presidente de la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España

  20. jose de sevilla dice:

    La reforma fiscal ha introducido una serie de novedades que la Agencia Tributaria ha resumido de cara a la campaña en su página web. La principal es la rebaja de los tipos de IRPF en la tarifa estatal. Si en 2014 oscilaban entre el 24,75% y el 52% en la tarifa estatal, el año pasado bajaron al 19,5 y el 46%, tras la última rebaja que fijó en julio la tarifa que se aplica para todo el año. Los tipos del ahorro también han bajado, lo que supondrá un alivio para los rendimientos del capital: de una horquilla entre el 21% y el 27% pasa a otra que va del 19,5 al 23,5%.

    A la hora de presentar la declaración de la Renta, los contribuyentes ajustan las diferencias positivas o negativas entre el IRPF estatal –que aplican las empresas en las retenciones– y los tipos autonómicos.

  21. F&V Asesores dice:

    Buenas tardes. Desde F&V Asesores os recordamos que tenéis un descuento exclusivo del 20% si contratáis nuestros servicios de Renta 2015 indicándonos que nos habéis conocido a través de esta página. Saludos.

  22. juanito255 dice:

    Bueno chic@s Ya queda sobre 8 días,para el dia «H» A ver si este año ahí más suerte-saludos

  23. Mayka dice:

    Pues otro año más por aqui, y esperando ansiosa el día 6. Veamos este año como se dá.

  24. juanito255 dice:

    Buenas noches :
    He leído que este año pasado nos bajaron las retenciones,soy jubilado,y mi mujer tiene el grado 3 de discapacidad,la declaración me saldrá esta vez a cobrar menos,teniendo todo igual que en años anteriores???Gracias saludos juanito255

  25. Ana m dice:

    Hola ,qué casilla hay que mirar para pedir el borrador? Gracias

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