Posts tagged: planes de pensiones

10 medidas para ahorrar impuestos en la renta 2009

En estas fechas nos preparamos para cerrar el año, y no está demás repasar la lista de las cosas que podemos hacer antes del día 31 de diciembre para pagar menos impuestos en la declaracion de la renta del 2009 (a liquidar en el 2010). Los ejemplos más interesantes son: Read more »

Planes de pensiones y sistemas alternativos

Si la proxima declaración de renta te va a suponer un importante desembolso tal vez te pueda interesar saber que reducen la base imponible general las aportaciones y contribuciones a los siguientes sistemas de previsión social:

  • Planes de pensiones
  • Mutualidades de previsión social
  • Planes de previsión asegurados
  • Planes de previsión social empresarial
  • Primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia

La base se puede reducir tanto con las aportaciones del contribuyente como con las contribuciones del promotor imputadas al mismo en concepto de rendimientos del trabajo. Read more »

Pensión alimenticia y pensión compensatoria: Efectos en el IRPF

La base imponible general se puede ver reducida por varios motivos: Reducción por tributación conjunta; por aportaciones a planes de pensiones y planes de previsión asegurados; por aportaciones a seguros de dependencia; por aportaciones a patrimonios protegidos y sistemas de previsión de discapacitados; por aportaciones a partidos políticos; por aportaciones a mutualidades de deportistas de alto nivel y por último por el pago de pensiones alimenticias (excepto en favor de los hijos) y compensatorias.

Las pensiones compensatorias están concebidas por el código civil como la forma legal de compensar al cónyuge separado que ha visto su situación económica empeorada por razón de la separación o el divorcio (artículo 97 del Código Civil). Las consecuencias fiscales de la fijación judicial o mediante convenio aprobado judicialmente de este tipo de pensiones son las siguientes:  El alimentista (el que paga) podrá reducir su base imponible en la cuantía que haya abonado, sin que la misma pueda ser negativa.  Para el pensionista (receptor de la pensión) el pago supondrá un rendimiento del trabajo sin retención alguna; lo que le influirá en los límites para estar obligado a realizar la declaración de la renta.

Las pensiones alimenticias (143 del C.C) es la plasmación legal de la obligación de facilitar alimentos a quien legalmente tiene ese derecho por razón de parentesco y con las condiciones establecidas en ese artículo. Las personas obligadas a facilitarse alimento son los cónyuges, ascendientes, descendientes y hermanos.  En todo caso para el perceptor de estas pensiones estamos ante un rendimiento del trabajo plenamente sujeto a tributación y sin retención y para el caso del pagador varía entre si se paga a un hijo, en cuyo caso la pensión no reduce la base imponible general, pero sí se somete a gravamen de forma separada al resto de rendimiento para que la tributación sea más «suave» y la pensión que se paga al resto de las personas señaladas, en cuyo caso sí reducen la base imponible general (no puede llegar a ser negativa y está condicionada a que sea fijada por resolución judicial). 

Qué se entiende por rendimiento del trabajo

 

Se consideran rendimientos íntegros del trabajo las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su forma (dinerarias o en especie) que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas. De acuerdo con la definición contenida en el artículo 17.1 de la Ley del IRPF, los rendimientos del trabajo tienen las siguientes características: Read more »

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