Nuevos plazos para la cuenta vivienda

La cuenta vivienda se ha convertido en un clásico de las deducciones para conseguir un ahorro fiscal en nuestra declaración de la renta.   La regulación de la misma imponía que las cantidades ahorradas mediante este producto fueran efectivamente invertidas en la adquisición de una vivienda en el plazo máximo de cuatro años desde su contratación.     El actual panorama de crisis financiera y la ruptura del mercado inmobiliario estaban llevando a poner a muchos ahorradores entre la espada y la pared, al verse obligados a invertir de forma precipitada cuando todas las condiciones son adversas, so pena de perder los beneficios fiscales reportados.  La solución a este problema fue apuntada en su día por el PP y posteriormente la Asociación Hipotecaria Española (AHE) y la Asociación de Promotores Constructores de España (APCE) insistieron en ella y consiste en ampliar el plazo para materializar la inversión en dos años, de forma que los ahorradores dispongan de una margen a la espera de que la situación «se normalice».   La ampliación del plazo no amparará deducciones más allá de los cuatro años actualmente previstos 56.2.b del Reglento del IRPF, y tan solo supondrán un aumento del plazo para la materialización de la inversión.  Al menos será un respiro que beneficiará de momento a más de 50.000 contribuyentes este año.  Actualmente están disfrutando de este tipo de deducciones más de 230.000 personas, a las que también les será de aplicación la reforma.

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