Consulta devolución Renta
Para los que quieran saber como va la devolución de su declaración de renta, Iva o sociedades, se puede consultar desde aquí.
ATENCIÓN!!!: La Agencia Tributaria ha suprimido el servicio de consulta rápida que usabamos en esta web, las alternativas de consulta son dos: o bien através del PORTAL DE SERVICIOS DE RENTA (no requiere certificado digital), o bien através de MIS EXPEDIENTES (con certificado digital) en la sede electrónica. Ponemos los enlaces para su consulta desde aquí para mayor facilidad.
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Hemos actualizado las posibles contestaciones del estado de las devoluciones:
1. Su declaración se está tramitando. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores, estando pendiente de revisión por un funcionario.
2. Su declaración se está tramitando, si lo desea puede consultar sus imputaciones mediante la facilidad CONSULTAR DATOS FISCALES y contrastarlas con los datos consignados en la misma. La petición de devolución (por borrador o renta) se ha realizado y Hacienda la tiene gravada en sus ordenadores. Ya se ha revisado de forma provisional y existe una discrepancia entre los datos declarados y los que Hacienda tiene. No obstante se puede revisar nuevamente por un funcionario y ordenar la devolución si entiende que no hay error o bien hacer un requerimiento al contribuyente para aclarar la situación.
3. Su declaración está siendo comprobada. La declaración ha sido grabada en los sistemas informáticos de hacienda y está pendiente de que un funcionario la revise antes de autorizar la devolución solicitada. Esta situación se puede prolongar hasta seis meses.
4.Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. El pago de su devolución se realizará en XX días hábiles. En este punto la petición de devolución ya ha sido comprobada y no se ha encontrado ninguna irregularidad a priori. No obstante aún no se ha emitido la devolución.
5. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted. Su devolución ha sido emitida el día 13/05/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES91-2103-4098-23-*****73766.Es la meta de todo contribuyente. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto. Normalmente toma 1 día en aparecer en la cuenta.
6. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, los órganos de Recaudación han realizado descuentos sobre su devolución. La devolución restante ha sido emitida el día 01/09/2025, mediante transferencia bancaria a la cuenta con IBAN: ES51-2182-3250-81-*****09038, junto con la comunicación de los descuentos realizados. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero se ha devuelto solo parcialmente pues se mantenía una deuda que ha quedado saldada. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda cancelada. Normalmente la devolución de lo que sobra toma 1 día en aparecer en la cuenta.
7. Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, estimándose conforme la devolución solicitada por usted, sin perjuicio de las comprobaciones que pudieran realizarse posteriormente por la Administración Tributaria. No obstante, se han realizado descuentos sobre su devolución y no resta importe alguno a devolver. La comunicación de los descuentos realizados ha sido emitida el día 16-04-2029. La devolución se ha grabado, se ha considerado correcta y el dinero no se ha devuelto ya que teníamos una deuda (con el Estado, con alguna comunidad autónoma o ayuntamiento, o incluso con un particular que reclame judicialmente) que era mayor que el importe que nos tenían que devolver, por lo que aún seguimos debiendo dinero. Hacienda mandará una carta con los datos de la deuda y el importe que nos queda por pagar.
Breve explicación del proceso
Las declaraciones SE TRAMITAN en las Delegaciones de Hacienda de vuestra provincia. Se TRAMITAN, se COMPRUEBAN, se RETIENEN…, así que toda demora es achacable a vuestras respectivas Delegaciones.
Una vez TRAMITADAS si no hay discrepancias, o COMPROBADAS si hay datos nuevos que ellos no tienen, pueden pasar DOS COSAS : 1/ Que tengáis deudas con la administración (multas, ibi…) y de vuestra Delegación Provincial ANTES de remitirlas a Madrid para que se os pague, las pasan por RECAUDACIÓN de vuestra provincia y luego a Madrid para que os ingresen la diferencia.
Y 2/ Que no tengáis deudas y después de ser tramitadas y/o comprobadas por vuestra Delegación , pasen a Madrid, Guzmán el Bueno, y MADRID ordena las transferencias.
Por lo demás, todo el proceso es automático, por eso cuando pasa al famoso punto 3, incluso de madrugada, tarde o noche va cambiando el ya también famoso mensaje de ” se pagará en 4 días hábiles, 3 días, 2 días.”
El proceso deja de ser automático cuando, por incluir algún dato nuevo, un alquiler, una nueva deducción, “no casan los datos con el ordenador” y salta el famoso COMPROBANDO que nadie quiere. En ese punto, hay que esperar a que un funcionario de vuestra Delegación mire “manualmente” por qué el ordenador no ha seguido el proceso normal.
Recordar que en la cuenta asignada para la devolución tiene que constar el titular o titulares que solicitan la devolución. Se puede consultar la cuenta de devolución.
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Subastas de la Agencia Tributaria
Guia fácil Renta 2010
Guia Facil Renta 2011
Guia Facil Renta 2012
Guia Facil Renta 2013
Manual renta 2010
Manual Renta 2011
Manual Renta 2012
Manual Renta 2013
Manual Renta 2015
Programa Padre 2014
Referencia Catastral
Yo llevo entrando en este foro unos cuantos años ya y lo parado que está este año no lo he visto nunca, por cierto conjunta y tramitandose desde el día 1 Manises (Valencia)
Yo llevo entrando en este foro también unos años y nunca ha pasado esto.
Aunque alguna vez yo no he cobrado la conjunta muy pronto, siempre han empezado antes a moverse.
Yo también año tras año los cambios eran martes y jueves
Pero lo de este año es increible
Conjunta desde Valencia
A este paso la semana que viene aún estamos igual
Yo también muchos años en este foro y nunca había visto lo de este año. Conjunta desde el día 1, en tramitando…
En valencia me parece que lo tenemos negro
Alguien de Gran Canaria que se le haya movido?presentada dia 2 y tra.mitando en mi delegacion.
A mis dos hermanos ya les devolvieron, individuales. La mía es conjunta y tramitando desde el día 2.
En Gran Canaria
Yo estoy igual sin cambios desde el día 1 conjunta Madrid. Sigue en se esta tramitando
Asta el año que viene ya me an pagado Ami individual suertes a todos
El viernes a última hora hice la de mi hija, modifiqué porque tenía rentas del extranjero que no le habían metido, el lunes pasó al 3 y hoy ya tiene la pasta en la cuenta. Individual devolución 290 euros. La mía conjunta con DD hecha el día 2, sigue en el punto 1. +1000
la del 2016 la cobré en ABRIL del 2018 y he tenido que meter los 8 euros que me dieron de intereses….
Conjunta día 2 y «tramitándose». Y, sí, esto paradísimo ni individuales ni nada.
Toca no desesperarse …
Ni por ser jueves…Ni.por ser 11….Ni na de na…..nuestro gozo en un pozo una semana más….
Yo sigo en comprobando
A mi lo que me redulta extraño que no hay dias de cambios masivos como años a teriores,independientemente que sean individuales o conjuntas ,por cierto yo conjunta tramitandose
Perdon resulta ,este corrector juega malas pasadas ,jajaja
Totalmente de acuerdo Anrara. Yo sigo el foro (aunque escribo poco y cada vez menos) desde hace más de 10 años, y ningún año he visto lo que este, 9 días oficialmente desde el comienzo de la campaña y tan pocos cambios, y a los que dicen que somos pocos os digo que somos miles los que lo seguimos, por lo que como muestra servimos tanto como cualquier encuesta…
Yo individual sin midificar sigo en el punto 1, Valencia…..no hay ningun movimiento grrrrrrr
Yo individual,, desde el día 1 ,, Cordoba y en el punto 1 ,,, sin modificar
No deberiamos votar nadie,todos hacen lo mismo y a todos les importamos lo mismo
Como siempre Nacho, totalmente de acuerdo
Mac, es un auténtico robo el que se comete con las familias en las que trabaja un único cónyuge. El mínimo familiar por hijos en este caso.
El esquema tributario en este aspecto invita a este tipo de situaciones familiares la disolución del matrimonio, con custodia compartida, y reconocimiento de una generosa pensión compensatoria al otro cónyuge que permita al consorte que trabaja la aplicación de la deducción de pensión compensatoria, y la tributación de dicho importe por el otro miembto. El mínimo familiar de los hijos iría al 50%, pero como la parte perceptora de la pensión pasaría a tributar por la pensión, el mínimo de los hijos no se perdería.
Presenta da día 2 conjunta y sigue tramitando Barcelona
pues nada, una vez rotas todas nuestras estadísticas basadas en años anteriores, desisto el año pasado cobre el 23 pasando por recaudación y todo.esto ya no es ni medio normal. paso no miro mas tengo agotamiento mental
Sabes q miraras, aunque sea x el rabillo del ojo jajaja….saludos
soy débil, lo siento jijiji es la indignación la que habla por mi. pero si fijo que miro
Ídem
A las 13: 30 siguen en punto 1 y va para largo parece esto la mía y de mi padre. Ambas conjuntas, en Málaga, Torremolinos.
DEVOLVED YA LO NUESTRO PANDA DE CORRUPTOS
Conjunta desde el día 1 al mediodía y esta en tramitándose.
Una individual la pagaron el viernes pasado día 5.
Hasta q hora están los funcionarios de hacienda trabajando??
El horario es hasta las 14 aunqe es atención fisica. X l tardes también curran. D todas formas ayer estuve en l Delegación de Aranjuez xq m resultaba extraño q no hubiera cambiado de estado y quiera q m miraran si tenía algo q a mi no m salía pendiente y a ellos sí, y sinceramente sali peor q entre. L tía de hacienda se extrañaba q estuvieran devolviendo ya. Increíble.
Que fuerte me parece lo que están haciendo yo fn nada más entra mi jornal a casa .y un compañero el y su mujer individuales , ya le han pagado a los 2 a el 1500 y a ella 2800 para flipar!!!!!!
La mía individual de 450 euros modificada por el alquiler y aquí sigo es increíble
Buenos días la mía conjunta sigue tramitando lo único que ha cambiado es al final del número de expediente lleva una letra seguida de tres ceros y ahora es seguida de dos ceros y un uno
A mi el final una letra, un uno, y 3 ceros pero no me he fijado antes jajajja
A mi llamadme exagerada pero acabo de poner un mensaje en el Facebook de la agencia tributaria. Pq esto es un cachondeo .
Por lo menos el repateo …
https://m.facebook.com/agenciatributaria/
Pues la 13.00 y nada de nada. Yo desisto. Ya vendra cuando a ellos les de la gana.
Pues nada……A tomar viento
En sevilla lo unico que ha cambiado es el tiempo, hace mas calor te puedes quitar el sombrero
Menos leyes a golpe de decretazo para buscar votos y mas mirar por las familias….. Perros
sin insultar,que no estamos para eso,mas educacion
La declaracion conjunta es de unidades familiares en las que solo entra un salario en el 90% de los casos, por no decir el 100%, me parece increible y otras cosas mas gordas que den prioridad a las individuales
Lo que no es normal que a un padre de familia le quiten el doble y casi el triple de irpf. Y con un hijo con una pequeña minusvalia. Cuando lo quitan de la nómina no se dan cuenta?! Ahora a esperar… En fin, me voy a callar…
El problema es que el tratamiento que dispensan a las familias en las que sólo trabaja un miembro es vergonzoso, ese es el problema. Quiero decir que, la fiscalidad que se le aplica a la familia en la que sólo trabaja uno, – que son los hacemos las conjuntas-, esta totalmente alejada del principio de neutralidad que debe inspirar el sistema impositivo.
Me explico, por qué meramente se nos permite aplicar una deducción, y no computar la renta entre toda la unidad familiar?. Dado el carácter progresivo del impuesto si la renta se imputará equitativamente y proporcionalmente entre los dos cónyuges, especialmente cuando el régimen es de gananciales, el impacto fiscal sería mucho menor, ya que se diferiría esa progresividad tan salvaje entre los 2 cónyuges.
Es pura voracidad fiscal e inquina por parte de alguien al que le repugna que en una familia, los cónyuges que la integran decidan que sólo trabajará uno, y que el otro se dedicara al cuidado de la familia o a contemplar el mundo.
Si el régimen matrimonial es ganancial, esto es, todos los ingresos generados durante el matrimonio, con algunas excepciones como las herencias, son al 50%, por que no se hace lo mismo fiscalmente y se divide entre dos los ingresos del que trabaja, imputando fiscalmente la mitad a uno y la mitad a otro?
Nos discriminan por el hecho de que una de las personas que conforman la pareja no trabaje, pese a que, en muchos casos, el salario obtenido por el que trabaja es ganancial. Es una vergüenza.
Voy a poner un ejemplo, es brutal la diferencia entre el tratamiento que se dispensa a una pareja en la que cada uno de los 2 cobra 30000 euros, y a aquella en la que trabajando solo uno de ellos, el que lo hacer percibe 60.000 euros.
La deducción por tributación conjunta no compensa lo que nos roban al no dividir en dos los ingresos entre el cónyuge que trabaja y el que no lo hace.
Como siempre Nacho, totalmente de acuerdo, asimismo es penoso que en muchas ocasiones se asigne el 50% de los hijos menores a cada cónyuge para practicar las retenciones cuando se trata de contribuyentes que siempre declaran conjuntamente (art. 84.2 reg. IRPF).
Mac, es un auténtico robo el que se comete con las familias en las que trabaja un único cónyuge. El mínimo familiar por hijos en este caso.
El esquema tributario en este aspecto invita a este tipo de situaciones familiares la disolución del matrimonio, con custodia compartida, y reconocimiento de una generosa pensión compensatoria al otro cónyuge que permita al consorte que trabaja la aplicación de la deducción de pensión compensatoria, y la tributación de dicho importe por el otro miembto. El mínimo familiar de los hijos iría al 50%, pero como la parte perceptora de la pensión pasaría a tributar por la pensión, el mínimo de los hijos no se perdería.
Es mi caso. Lo he hablado medio en broma medio en serio con mi mujer. Separarnos y lo que hoy es un traspaso para «el mes» que se convierta en compensatoria.
Bueno a algunas… yo aquí sigo individual y 450 euros . Solo entra mis sueldo en casa y con 2 nenes asiq no se que criterio llevan
Conjunta del día 2, no hay cambios, otros años ya estaban moviéndose, este año van con retraso y aún por encima tenemos la Semana Santa en medio para retrasar todo más aún, yo ya no espero la devolución hasta la semana después de ella. 🙁
El problema es que el tratamiento que dispensan a las familias en las que sólo trabaja un miembro es vergonzoso, ese es el problema. Quiero decir que, la fiscalidad que se le aplica a la familia en la que sólo trabaja uno, – que son los hacemos las conjuntas-, esta totalmente alejada del principio de neutralidad que debe inspirar el sistema impositivo.
Me explico, por qué meramente se nos permite aplicar una deducción, y no computar la renta entre toda la unidad familiar?. Dado el carácter progresivo del impuesto si la renta se imputará equitativamente y proporcionalmente entre los dos cónyuges, especialmente cuando el régimen es de gananciales, el impacto fiscal sería mucho menor, ya que se diferiría esa progresividad tan salvaje entre los 2 cónyuges.
Es pura voracidad fiscal e inquina por parte de alguien al que le repugna que en una familia, los cónyuges que la integran decidan que sólo trabajará uno, y que el otro se dedicara al cuidado de la familia o a contemplar el mundo.
Si el régimen matrimonial es ganancial, esto es, todos los ingresos generados durante el matrimonio, con algunas excepciones como las herencias, son al 50%, por que no se hace lo mismo fiscalmente y se divide entre dos los ingresos del que trabaja, imputando fiscalmente la mitad a uno y la mitad a otro?
Nos discriminan por el hecho de que una de las personas que conforman la pareja no trabaje, pese a que, en muchos casos, el salario obtenido por el que trabaja es ganancial. Es una vergüenza.
Voy a poner un ejemplo, es brutal la diferencia entre el tratamiento que se dispensa a una pareja en la que cada uno de los 2 cobra 30000 euros, y a aquella en la que trabajando solo uno de ellos, el que lo hacer percibe 60.000 euros.
La deducción por tributación conjunta no compensa lo que nos roban al no dividir en dos los ingresos entre el cónyuge que trabaja y el que no lo hace.
Tiene logica lo que dices Nacho
Aquí en Sevilla acaba de cambiar ,
Conjunta presentada día 2.
Ole
Otro troll
hombre del sombrero es verdad o te estas riendo de todos nosotros.contesta por favor
es verdad o es broma.
Yo no me creo nada
Pues no me parece justo,lo normal es que lo hicieran por orden de entrada de cada expediente.La “Montero”va a hacer bueno a “Montoro”!!!
Os imaginais por un casual………que no devuelven las conjuntas hasta que hayan devuleto la mayoría de individuales?? yo estoy en mas paginas y la situacion de las conjuntas es idéntica, todo el mundo desesperado sin saber xq está pasando esto.
Saludos.
Que fuerte me parece lo que están haciendo yo fn nada más entra mi jornal a casa .y un compañero el y su mujer individuales , ya le han pagado a los 2 a el 1500 y a ella 2800 para flipar!!!!!!