Tributación en el IRPF de las ayudas para el alquiler de los jovenes

vivienda joven

Las ayudas establecidas por el Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre no están exentas de tributar en la declaracion de la renta, por lo que al no existir ningún precepto que declare exentas las cantidades percibidas como renta básica de emancipación, están sometidas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en concepto de ganancia patrimonial, que al no tener la consideración de renta del ahorro, se integrarán dentro de la Base Imponible General

50 comentarios a “Tributación en el IRPF de las ayudas para el alquiler de los jovenes”

  1. JOAN dice:

    Hola,
    Ante todo , gracias por toda la info.ya que me sirve de mucho,lo unico que no se,es como puedo vover a pedir la hoja donde te indican que te han concedido la ayuda y una fotocopia del contrato de alquiler ya que las he extraviado.Me podeis ayudar??

    Pd:La fianza del alquiler cuenta para algo?…tienes que estar enpadronado en el domicilio del alquiler por obligacion?

    Gracias.

  2. Ana dice:

    Hola, hoy he estado en Hacienda para que me ayudaran a hacer la declaración os explico mi situación. Cobré los 10 meses que me debían de 2008 en 2009, creía que tenía que hacer una declaración complementaria, pero el operario me ha explicado que los ingresos patrimoniales se tienen que declarar en el año que se perciben (si lo cobré en 2009, en la renta de 2009), ante mi insitencia ha impreso un papel donde ponía ‘Preguntas frecuentes’ y sobre los Ingresos Patrimoniales (que resulta que la RBE es eso) se especificaba lo que tienes que declarar las posibles ayudas en la renta del año en que se hizo efectiva. La verdad es que se contradice bastante con lo que me dijeron por teléfono en Hacienda cuando llamé. Voy a seguir investigando por mi cuenta, ya os contaré, si alguien sabe algo del tema que eche una mano, por favor. Además en mi borrador el Ministerio de Vivienda dice que además de lo correspondiente a 2008 me ha pagado 12 meses, y en realidad me ha pagado 11, porque el mes de mayo se lo saltaron por ‘un problema informático’. ¿Qué hago, declaro todo?, ¿Me pongo en contacto con el Ministerio de Vivienda para subsanar el error?, ¿Cómo lo hago? Gracias de antemano

  3. Carlos dice:

    Yo solicite la ayuda en 2009 con las retenciones de 2008 en las cuales no llegaba a los 22000 Euros y me la concedieron en mayo del año pasado y hasta este mes no e recibido el dinero. Tendre algun problema?

  4. juan dice:

    He declarado en mi renta de este año los 2520 euros que me han pagado por la RBE. También he declarado los pagos de mi piso por alquiler, unos 5400 euros. Total, que en mi trabajo me habian retenido casi unos 1000 euros (que yo pensaba que me iban a devolver). Cual es mi sorpresa que despues de todo, tengo que pagar a hacienda. Sabes como puedo averiguar cuanto me ha supuesto en impuestos recibir la RBE (osea, cuanto % he tenido que pagar a hacienda por esa subvencción???) porque no me salen las cuentas. Gracias

    • nacho dice:

      Hola Juan, yo mas o menos recibi la misma cantidad que tu y pague de piso algo parecido. Me podrias decir si no te importa, cuantos fueron tus ingresos y tu irpf para hacerme una idea? es que tengo que ir a hacienda dentro de diez dias a hacer la declaracion y estoy algo acojonado.
      Muchas gracias.

  5. adrian dice:

    hola a todos mi caso es que el año pasadao recibi una subvencion de 3360€ no es la de enmancipacion, esta concedida por el principado de asturias y me ponen el el borrador que saben que la recibi pero desconocen el destino de la misma y no puedo ponerla en la declaracion porque no aparece ningun sitio donde ponerla, ni en el telefono me lo saben explicar ni en el programa padre puedo ponerla. alguien que me pueda ayudar??? porfavor

    • Ferran dice:

      Creo que se debe incluir en la casilla 312 : «Otras ganancias patrimoniales imputables a 2009 no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. Esta información me la facilitaron en el Tlf. de información tributria 901 33 55 33.

  6. Miguel dice:

    En la red social facebook estamos uniéndonos para evitar que la Renta Básica de Emancipación tenga que tributar en la declaración de la renta.
    Si les interesa agregarse, el grupo tiene el siguiente nombre:
    «La ayuda de la RBE no debe figurar en el IRPF».

    Ánimo y saludos

  7. Carmen dice:

    Decepción tras decepción, esto es lo que nos está demostrando nuestro gobierno. Sacan ayudas que suenan muy bien a los odidos de los españoles y cuando uno piensa que lo están ayudando… es todo lo contrario. Nos dicen lo bonito del asunto pero lo que no nos esperamos al realizar la declaración de la renta, es que de una AYUDA (que se suponse que se concede a las personas porque la necesitan) se tenga que pagar impuestos y que encima se declare como GANANCIA PATRIMONIAL ¿¿¿Pero qué ganancia??? Creo que ningún perceptor de la Renta Básica de emancipación ha trabajado para el Estado por lo que no es una GANANCIA, sino una AYUDA, o por lo menos, eso es lo que dicen ¿¿¿Pero no pagamos ya alquiler e impuestos por nuestro trabajo??? Encima a destrozar a la gente joven. Así va este país!! Que vergüenza!

    • Cecilia dice:

      te recuerdo amigo que las ayudas tanto estatales como autonómicas tambien tributan como ganancia patrimonial. Es cierto que parece una ayuda trampa pero tambien es verdad que este año las deducciones por alquiler han duplicado a las del año pasado por lo que sigue siendo muy rentable declarar la ayuda siempre y cuando se declare el alquiler.

  8. nohe dice:

    he visto que para declarar lo que has pagado por el alquiler, en Madrid, te piden una copia del resguardo del depósito de la fianza. ¿y si no lo tengo? ¿y si no lo tengo porque el dueño del piso no ha hecho ese depósito en el Instituto de la Vivienda? ¿supone eso que tengo que declarar lo percibido por la RBE y no puedo declarar lo que he pagado de alquiler? ¿quiere decir que puedo ir empezando a ahorrar para pagar a Hacienda?

  9. nohe dice:

    Declaramos lo percibido de la renta básica de emancipación y mi pregunta es: ¿y los pagos del alquiler? Todo lo que hemos pagado de alquiler, ¿dónde lo declaramos?

  10. juan jose dice:

    He leido lo de los 400 euros de la casilla 675, pero muy bien no entiendo el tema, a mi parecer creo q estos 400 euros es la retenciones del irpf q te hacen en la empresa y q después hay q poner en dicha casilla. Pero corrigeme si me equivoco, por lo que le creo q la cantidad de 400 euros te la devuelve hacienda en dicha renta del año o no.

  11. juan jose dice:

    yo he recibido la ayuda de 210 durante 4 meses lo que suman 840 eso es lo que tengo q poner en la casilla 312, pero y lo q he pagado de alquiler también va en la renta o ya esta incluido en el contenido de las cuentas bancarias.

    • bea dice:

      se pone en «otras reducciones»,»deduccion x arrendamiento de la vivienda habitual»(es x la 793), pero asi todo sale caro, a mi me sale q me cobran un 25-30% de lo q me dieron de ayuda, y encima me parece q x alquiler solo te devuelven 300 euros como máximo y m cobran 400 x la ayuda!!!

      • Dani dice:

        te cobran un 18% de la ayuda pero luego te devuelven el Estado 10.05% del alqulier (con maximo calculable) la comunidad autonoma otro porcentaje al final te devuelven dinero… en mi caso 327 euros!!

  12. guaje dice:

    He obtenido la RBE, pero todavia no he recibido ni un euro!!
    Tengo que tributarla en la declaracion del 2009 no???
    Gracias y saludos

    • Manuel dice:

      ¿Desde cuándo está concedida dicha RBE?
      Te digo eso, porque al parecer cuenta desde la fecha en que se te concede. (Esto me gustaría que nos lo confirmases indicándonos la página del manual de la Agencia Tributaria o donde proceda)
      Si la suma de las mensualidades que deberían de haberte abonado por la RBE son inferiores a 1600 E, si tus rentas por el trabajo son inferiores a 24000 €, no tendrías que estar obligado a echarla.
      Saludos

      • Manuel dice:

        Perdón eran 22000 e, no 24000 euros brutos anuales. Y me gustaría que nos confirmasen lo anteriormente comentado.

        • Guaje dice:

          MIs ingresos brutos anuales fueron de 20.500 euros.

          Me la concedieron en Mayo, pero la pedi en marzo, con lo cual es desde abril, si no me equivoco (9*210= 1.980 Euros). De todas formas hubo problemas y se anulo y me la volvieron a conceder en diciembre, pero yo creo que cuenta desde abril.

          ¿No estoy obligado a hacer la declaracion? En este caso me compensa, porque me sale a devolver!!!

    • Angel dice:

      La conversación completa con Manuel aclarando la obligación o no de declararla, en http://comprarenboiro.wordpress.com/2009/05/16/el-alquiler-ante-hacienda-los-inquilinos/

  13. Roberto dice:

    Hola buenas yo tengo un problema porque he estado viviendo en salamanca de alquiler los tres primeros meses del 2008 y despues en cantabria con sendos contratos de alquiler y solo me deja poner una cantidad en ayudas autonomicas comopodria hacer para que me deje poner la de cantabria y la de castilla y leon.gracias

  14. sara dice:

    Hola, mi duda es que sin contar lo que he percibido de la Renta básica de Emancipación mis ingresos no llega a los 22.ooo euros que me obligan a hacer la declaración. Ahora si lo sumo a la cantidad que he recibido de la ayuda son 22.300 euros. Alguién sabe si estoy, por tanto, obligada a hacer la declaración?
    Muchas gracias

  15. Mar dice:

    Tengo q presentar la declaracion en la c. valenciana pero durante 5 meses obtuve la renta de emancipacion de una vivienda en valladolid; mi problema no sé donde poner las cantidades de alquiler que yo he pagado.

  16. EUSEBIO dice:

    En relación con la tributación de la Renta Básica de Emancipación, ¿pensáis que es aceptable que tenga la consideración de «GANANCIA PATRIMONIAL»(18%),con el único soporte de su inclusión en el manual de la renta.

    Qué artículos de la Ley IRPF o del Reglamento podrá invocar la Agencia Tributaria?

    ¿Ganancia patrimonial? Casilla 312 ¿Estamos locos?

  17. islavolcanes dice:

    pagina 4 inmuebles no afectos a actividades económicas así pones todas las viviendas menos la vivienda habitual.

  18. Javier dice:

    Hola, yo la he presentado sin poner la ayuda RBE, ya que no era mi intención ocultarlo, como puedo modificar la declaración?
    Lo he presentado de manera telemática.
    Por alquiler entiendo que hay dos deducciones, autonómica (Madrid en mi caso) y otra por parte del Estado, es así?
    Muchas gracias.

    • Fran dice:

      Me ha ocurrido exactamente lo mismo.
      Presenté la declaración telemáticamente y después me di cuenta de un error.
      Llamé a la Agencia y me dijeron lo que tenía que hacer, hoy he ido a presentar la declaración a delegación junto con un escrito indicando el error.
      Hay que ir cuanto antes porque como te tramiten la telemática ya no hay nada que hacer.

      • Javier dice:

        Gracias Fran, según me han confirmado, los pagos de la RBE, aunque eran del 2008, los he recibido todos en el 2009, por lo que debería incluirlos en la Renta 2009 del año que viene.
        Lo que si debo incluir es la nueva deducción estatal por alquiler, me imagino que podré hacer una declaración complementaria como pone en la web.

        • Fran dice:

          Complementaria NO.
          Una nueva, sin tener en cuenta la anterior.

        • Manuel dice:

          Muy buenas, estoy en el mismo caso que usted.
          Estoy en el caso de que he recibido 7 mensualidades de la RBE y el valor asciende a 1470€, y como cobro 15ooo euros brutos anuales, no debería de hacer la declaración. El problema viene que lo solicité desde mayo, por lo que debería de haber cobrado 8 mensualidades y si hubiese sido así, hubiese cobrado la ayuda de 1680 Euros > 1600 Euros, por lo que tendría que pagar.
          He estado hablando con varias personas entendidas de la materia y me han comentado lo siguiente:

          »la normativa dice que estas ayudas se declaran en el año en el que son concedidas, no cuando son cobradas»

          Dejo eso por ahí y estaría muy agradecido si me ayudasen con el tema y si alguna persona me dice que estoy equivocado, por favor que me diga la página del manual de la renta donde puedo consultarlo, ya que me lo he leido de arriba a abajo y no lo he encontrado.

          Muchas gracias de antemano.

  19. Isabel dice:

    Hola, vivo en un piso de alquiler sin ayuda, y al modificar el borrador relleno la casilla 716 poniendo el importe total del alquiler del año pasado, pero esto no modifica mi borrador, ¿ tengo que rellenar alguna casilla mas? ¿ me devuelven dinero por vivir en un piso de alquiler?
    Gracias

    • jo dice:

      Hola isabel, me pasa algo parecido, pero sabes tu donde puedo saber cuanto es el total de alquiler que he pagado ese año? es la suma detodos los meses?

      muchas gracias y siento no poder ayudarte

    • bea dice:

      tienes q ponerlo en «cantidades satisfechas con derecho a deduccion» y el programa te calcula la deduccion y si q cambia, solo q como maximo te devuelven 300 euros

      • Michelle dice:

        Hola, yo también tengo esa confusión pero es que a mi el Programa Padre no me deja poner los 2600€ que he pagado de alquiler el año pasado en la casilla 716… está como bloqueada. Será que va en otro sitio ?

        Gracias y ya no hay citas en Hacienda…

  20. corellon dice:

    hola!
    Trabajo ocasionalmente como colaboradora para una revista, a la cual le remito facturas por mis trabajos puntuales, donde aplico la retención y el iva (este lo declaro en el 300 o 303), en que casilla pongo los ingresos obtenidos y la retención practicada?

  21. Maria dice:

    Hola!!! LLevo casi dos años de baja este año en febrero me han concedido una invalidez, me gustaria saber si tengo que hacer la declaracion o no??
    Por favor ruego respuesta. Gracias

  22. Desiree dice:

    hola!llevo un año reciviendo la ayuda de alquiler joven y queria saver si estoy obligada ha hacer la declaracion de la renta;si la tengo que hacer tendria que declarar esta subencion?no tengo mucha idea de esto,si me pueden ayudar gracias.

    • VickTor dice:

      Si que la tienes que hacer, ya que la ayuda es otro ingreso a parte de los rendimientos del trabajo.Se hace en la casilla 312.
      Por supuesto que no se te olvide declarar a la vez lo que has pagado ese año de alquiler, te desgrava.En el anexo B2 deducciones autonomicas (dependiendo de tu comunidad autonoma)apartado «por alquiler de vivienda habitual para jovenes».
      El programa padre te calculara automaticamente la cuantia que te corresponde

  23. juanma dice:

    HOla, ¿Me podrías decir en qué casilla tengo que poner el importe ´que he recibido de la renta básica de emancipación en la declaración de la renta? gracias

  24. Jorge dice:

    Hola!!
    Debido a la obtención de esta subvención, no sirve el borrador, verdad? y estoy obligado a realizar la declaración de la renta con el programa Padre o cita previa, verdad?. Además he estado mirando el simulador de renta y esta cantidad que iría incluida en «ganancia patrimonial» se incluiría en la casilla 313, verdad? Gracias!!!!

    • Fran dice:

      Yo he puesto la cantidad recibida por la renta basica de emancipacion en la casilla 310, y por ello me van a quitar 500 euros, es decir más de 2 meses de ayuda.
      Al menos esos 500 euros me los devuelve la Comunidad Andaluza por declarar mis pagos de alquiler.

      • VickTor dice:

        La renta básica de emancipacion se incluira en la casilla 312 de la declaracion:
        «Casilla 312. Otras ganancias patrimoniales imputables
        a 2008, no derivadas de la transmisión de
        elementos patrimoniales…intereses de demora satisfechos por la Administración, las subvenciones y ayudas para rehabilitación de viviendas distintas de la vivienda habitual y las cantidades percibidas en concepto de Renta Básica de Emancipación.»

  25. beatriz dice:

    He alquilado el piso a una pareja de jóvenes. Cómo me afecta a efectos de la declaración?? Dónde tengo que llamar, para avisar de dicho alquiler para declararlo??

    Saludos

    • islavolcanes dice:

      En la pagina 4 inmuebles no afectos a actividades económicas así pones todas las viviendas menos la vivienda habitual.

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